Qué es la cuota de autónomos y cómo cambió el sistema en 2023
La cuota de autónomos es el pago mensual obligatorio que los trabajadores por cuenta propia realizan a la Seguridad Social a través del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Esta cuota da derecho a las prestaciones sanitarias, baja por incapacidad temporal, maternidad/paternidad, jubilación, viudedad y la prestación por cese de actividad.
Hasta 2022, el autónomo podía elegir libremente su base de cotización entre un mínimo y un máximo, lo que llevaba a que la inmensa mayoría cotizaran por la mínima independientemente de sus ingresos reales. Esto generaba pensiones muy bajas y desigualdades entre autónomos. El Real Decreto-ley 13/2022 introdujo el sistema actual de cotización por rendimientos netos reales, implementado progresivamente entre 2023 y 2025.
A partir de 2023, la cuota de autónomos se calcula según una escala progresiva de 15 tramos: cuanto más alto sea tu rendimiento neto, mayor base mínima de cotización tienes que asumir. El sistema busca aproximar las cotizaciones de los autónomos a las de los trabajadores por cuenta ajena, donde la cotización es proporcional al salario.
Los 15 tramos del RETA 2026: tabla completa
Los 15 tramos del RETA dividen a los autónomos según sus rendimientos netos mensuales previstos. Cada tramo tiene una base mínima de cotización obligatoria y una base máxima opcional. La cuota de autónomos se calcula aplicando el tipo de cotización (aprox. 31% en 2026) sobre la base elegida dentro del tramo.
Para 2026, los tramos van desde el tramo 1 (rendimientos netos inferiores a 670€/mes, cuota mínima 200€/mes) hasta el tramo 15 (rendimientos superiores a 6.000€/mes, cuota mínima 590€/mes). Puedes elegir una base superior dentro de cada tramo, lo que sube tu cuota pero mejora tus prestaciones futuras (especialmente la pensión).
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Revisar mi cuota →Ejemplos prácticos de cálculo de cuotas en 2026
Para entender mejor cómo afecta el sistema de ingresos reales a tu bolsillo, veamos tres ejemplos reales basados en diferentes perfiles de facturación y gastos deducibles:
Ejemplo 1: Autónomo con ingresos bajos (Rendimiento Neto de 1.000 €/mes)
Imagina que facturas 1.200€ al mes y tienes 100€ de gastos. Tras aplicar la deducción por gastos de difícil justificación (7%), tu rendimiento neto es de 1.023€/mes.
- Tramo del RETA: Tabla reducida, Tramo 1 (Rendimientos entre 670€ y 1.166,70€).
- Base de cotización mínima: 751,63 €/mes.
- Cuota mensual estándar (31,3%): 235,26 €/mes.
- Con Tarifa Plana 2026 (primer año): 87 €/mes.
Ejemplo 2: Autónomo medio consolidado (Rendimiento Neto de 2.000 €/mes)
Si facturas unos 2.800€ al mes y tienes 650€ de gastos corrientes (incluida tu cuota). Tras la deducción fiscal del 7%, tu rendimiento neto mensual se sitúa en 2.000€.
- Tramo del RETA: Tabla general, Tramo 4 (Rendimientos entre 1.850€ y 2.030€).
- Base de cotización mínima: 1.029,41 €/mes.
- Cuota mensual estándar (31,3%): 322,21 €/mes.
Ejemplo 3: Profesional de alta facturación (Rendimiento Neto de 4.500 €/mes)
Un consultor informático o perfil similar que factura 5.550€ al mes y tiene 700€ de gastos. Su rendimiento neto tras descontar el 7% de gastos generales es de 4.510,50€/mes.
- Tramo del RETA: Tabla general, Tramo 11 (Rendimientos entre 4.050€ y 4.700€).
- Base de cotización mínima: 1.535,95 €/mes.
- Cuota mensual estándar (31,3%): 480,75 €/mes.
Cómo se calcula el rendimiento neto para asignarte tramo
El rendimiento neto que determina tu tramo en el RETA se calcula así: ingresos brutos de tu actividad, menos los gastos fiscalmente deducibles, más la deducción adicional del 7% por gastos genéricos de difícil justificación (3% para autónomos societarios). El resultado es el rendimiento neto anual; se divide entre 12 para obtener el rendimiento neto mensual y consultar la escala.
- Ingresos brutos: total facturado (sin IVA) durante el año fiscal.
- Gastos deducibles: alquiler de local, suministros, asesoría, software, vehículo afecto, dietas, etc.
- Deducción 7% genérica: se aplica sobre los rendimientos sin necesidad de justificarla.
- La cuota de autónomos que pagas durante el año NO se incluye como gasto al calcular este rendimiento (se trata aparte).
Al inicio de cada año, debes comunicar a la Seguridad Social tu rendimiento neto previsto a través del sistema RED o el Importas@ (siempre antes del 1 de marzo). Si lo dejas en blanco, la TGSS te asigna el tramo 1 por defecto. Si tus ingresos reales son diferentes, la Seguridad Social regulariza al cierre del año.
Tarifa plana 2026: 80€/mes para nuevos autónomos
La tarifa plana de autónomos en 2026 sigue siendo de 80€/mes durante los primeros 12 meses de actividad. Es la única forma de pagar menos que la cuota mínima del tramo 1 (200€/mes) y solo aplica a nuevos autónomos que cumplen requisitos específicos:
- Primera alta o sin alta en RETA en los 2 años anteriores: si has sido autónomo recientemente, debes esperar antes de poder pedirla.
- No ser autónomo societario que controla más del 50% de la empresa: este grupo está excluido de la tarifa plana.
- No tener deudas pendientes con la Seguridad Social.
- Prórroga 12 meses adicionales: si al cumplir el primer año tus rendimientos netos son inferiores al SMI, puedes solicitar prórroga.
Después de los 12 meses (o 24 si se prorroga), pasas a la cuota normal por tramos según tus rendimientos netos previstos. El ahorro de la tarifa plana frente a la cuota mínima del tramo 1 son 120€/mes (1.440€ al año), que para muchos autónomos en el arranque marca la diferencia entre poder vivir del negocio o no.
Regularización anual de la cuota de autónomos
Una de las grandes novedades del nuevo sistema de cotización por rendimientos reales es la regularización anual que la Seguridad Social hace al cerrar cada ejercicio. Tras la presentación de la declaración de la Renta, la TGSS compara los rendimientos netos reales declarados con los previstos al inicio del año, y ajusta las cotizaciones:
- Si pagaste cuotas por un tramo superior al que te correspondía: la TGSS te devuelve el exceso de oficio.
- Si pagaste cuotas por un tramo inferior al que te correspondía: tienes que pagar la diferencia antes del 31 de julio del año siguiente.
- La regularización siempre respeta la cuota de autónomos realmente abonada en el año, sin recargos si la situación venía del rendimiento estimado en buena fe.
Por eso es importante estimar bien el rendimiento neto previsto al inicio del año: ni quedarse corto (para evitar el pago complementario a mitad del año siguiente) ni quedarse largo (para evitar pagar de más durante 12 meses aunque te devuelvan al final).
Cambiar tu base de cotización durante el año: hasta 6 veces
Una de las grandes ventajas del sistema actual es que puedes cambiar tu base de cotización hasta 6 veces al año en períodos fijos: el 1 de enero, 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre y 1 de noviembre. Esta flexibilidad permite adaptar la cuota de autónomos a la evolución real de tu negocio sin esperar al año siguiente.
Casos típicos en los que conviene cambiar la base de cotización:
- Tu facturación ha crecido significativamente respecto a la previsión inicial.
- Has tenido un descenso importante de ingresos (paso a un tramo inferior).
- Quieres mejorar tus prestaciones futuras (jubilación, baja por IT).
- Tienes un evento próximo previsto (maternidad/paternidad, baja médica) y quieres prestaciones más altas.
- Has consultado con tu gestoría y conviene optimizar la cuota anual.
El cambio de base se solicita a través del Sistema RED o el Importas@ con tu certificado digital, y tiene efectos desde el primer día del siguiente período. En Billeo lo gestionamos automáticamente cuando detectamos que tu rendimiento neto se ha movido entre tramos.