Causa real
Distinguir acuerdo, despido, baja voluntaria y conciliación posterior.

Daniel Perla · Co-fundador de Billeo
Firmar una salida sin identificar correctamente la causa puede afectar a la prestación por desempleo y a la tributación de la compensación.

Alberto López · Asesor fiscal: "Esta guía se ha revisado para reflejar las condiciones y criterios fiscales vigentes."
Mutuo acuerdo
Artículo 49.1.a ET
REFERENCIA LEGAL
La causa real y la documentación mandan
Art. 49
Extinción por acuerdo
Art. 267
Situación legal de desempleo
Art. 7.e
Exención de IRPF
20 días
Impugnar un despido
Salida laboral · revisado 10 septiembre 2026
Antes de firmar o comunicar una causa. Una extinción por mutuo acuerdo no equivale a un despido y no crea por sí sola situación legal de desempleo; simular una causa para obtener el paro puede generar responsabilidades.
Distinguir acuerdo, despido, baja voluntaria y conciliación posterior.
Separar salario, vacaciones, finiquito, compensación e indemnización.
Revisar paro, IRPF, cotización, certificado y renuncias.
RESPUESTA VERIFICADA
El término “despido pactado” no es una modalidad legal autónoma. Puede referirse a un mutuo acuerdo, a un despido real que termina en conciliación o, de forma impropia, a una simulación.
No deben mezclarse: cada escenario tiene consecuencias diferentes en paro, indemnización e IRPF. La vía segura es documentar lo que realmente ha ocurrido y calcular el neto antes de firmar.
ÍNDICE
La ley no configura una categoría llamada despido pactado. Si ambas partes deciden extinguir el contrato, la causa es el mutuo acuerdo del artículo 49.1.a ET. Si la empresa comunica un despido y después se alcanza un acuerdo en conciliación, la causa de origen sigue siendo el despido.
No por sí sola. La Ley General de la Seguridad Social exige una situación legal de desempleo y el mutuo acuerdo ordinario no aparece entre sus causas. Un despido real puede generar esa situación si se cumplen las cotizaciones y el resto de requisitos.
No es correcto redactar una causa ficticia para obtener la prestación. El SEPE puede revisar certificados, comunicaciones y hechos.
La cantidad acordada en un mutuo acuerdo es, con carácter general, rendimiento del trabajo sujeto a IRPF. La exención del artículo 7.e LIRPF se reserva a indemnizaciones obligatorias por despido o cese, dentro de los límites legales; excluye las establecidas por convenio, pacto o contrato.
Comprueba la causa real, el finiquito, vacaciones, salario pendiente, compensación bruta y neta, fecha y forma de pago, certificado de empresa y el alcance de las renuncias. Si ya existe una carta de despido, recuerda que el plazo general de impugnación es de 20 días hábiles.
Simular una extinción involuntaria para acceder al paro puede provocar denegación, devolución de prestaciones y sanciones. La empresa tampoco debe prometer que el SEPE aceptará una causa: la Administración resuelve según la ley y la prueba disponible.
NÓMINAS Y SISTEMA RED
Con el tamaño del equipo y el próximo cierre podemos confirmar qué tareas recurrentes y extraordinarias necesita tu empresa.
Gestión laboral
La causa, la documentación, las cantidades y la cotización deben revisarse antes de cerrar una relación laboral. Billeo puede coordinar la gestión con el alcance acordado.