MÉDICOS · CONSULTAS · CLÍNICAS

    Gestoría para médicos autónomos y clínicas.IVA sanitario, IRPF y actividad privada bien clasificados.

    Gestión fiscal y contable para consulta privada, pluriactividad, telemedicina y sociedades sanitarias.

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    Contratación · Actualizado el 4 de octubre de 2026

    ¿Qué gestoría contratar para médicos?

    Una gestoría para médicos autónomos debe entender si trabajas en consulta propia, colaboras con clínicas o combinas actividad por cuenta ajena y privada. El número de pagadores, las liquidaciones de aseguradoras y los servicios no asistenciales cambian la revisión. Antes de contratar pedimos una descripción económica de la actividad, sin documentación clínica innecesaria, y confirmamos el alcance fiscal, contable y laboral por escrito.

    Honorarios, clínicas y aseguradoras

    Relacionamos liquidaciones, facturas y cobros para identificar honorarios brutos, ajustes y cantidades pendientes. Una aseguradora o clínica puede pagar varias actuaciones de un periodo en una sola transferencia. Guardar el detalle evita tratar cada movimiento del banco como una factura independiente o perder ingresos aún no cobrados.

    Actividad asistencial y otros servicios

    La AEAT distingue la asistencia sanitaria de servicios que necesitan otra clasificación. Describe reconocimientos, informes, formación y prestaciones con finalidades diferentes. No se aplica una conclusión única a todos los ingresos porque el titular sea médico; tampoco se deduce todo el IVA de equipos sin revisar el uso y las operaciones realizadas.

    Consulta, equipamiento y colaboradores

    Separa alquiler, suministros y compras corrientes de inversiones en aparatología. Informa de profesionales colaboradores y trabajadores para revisar facturas, contratos y nóminas dentro del encargo correspondiente. La licencia de la consulta y las obligaciones profesionales no quedan resueltas por contratar una cuota de impuestos.

    Documentos para valorar tu caso

    • Alta censal y descripción de actividad privada
    • Contratos con clínicas y aseguradoras
    • Liquidaciones y facturas de honorarios
    • Alquiler, equipos, seguros y documentación laboral

    Precio y alcance: autónomos desde 65 €/mes más IVA para autónomos con hasta 15 facturas por trimestre; sociedades desde 160 €/mes más IVA para sociedades con operativa sencilla. El volumen, los empleados y las operaciones especiales se revisan antes de confirmar la propuesta. País Vasco y Navarra tienen tarifa territorial propia.

    Para comparar ofertas, pide la misma lista de tareas y el coste de doce meses. Una cuota inicial puede no incluir Renta, nóminas, cuentas anuales o revisión de periodos anteriores. El contrato debe concretar cómo entregas documentos, quién autoriza presentaciones y cómo recuperas la información al terminar.

    Preguntas antes de contratar

    ¿Podéis llevar mi actividad médica privada si también trabajo en un hospital?

    Sí, tras revisar la actividad por cuenta propia, altas y documentación. El trabajo asalariado no elimina automáticamente las obligaciones de la consulta privada. La declaración personal de la Renta se confirma como servicio separado de la gestión mensual de actividad.

    ¿Qué ocurre si una aseguradora paga mis honorarios con retraso?

    Conserva la liquidación, la factura y el justificante de cobro. Revisamos el periodo y el criterio fiscal aplicable; una fecha de ingreso bancaria no sustituye por sí sola la fecha de la operación. El procedimiento de seguimiento debe figurar en el alcance contratado.

    ¿La gestoría tramita la licencia sanitaria de mi consulta médica?

    No debe darse por incluida en la cuota fiscal mensual. La autorización sanitaria, la apertura y las obligaciones colegiales se revisan como trámites específicos o con el profesional competente. Antes de contratar indicamos qué tareas puede asumir Billeo y cuáles necesitan otro encargo.

    ¿Cómo se revisa el IVA de un equipo médico?

    Se comprueban factura, titularidad, afectación, inversión y actividades realizadas. La exención de determinados servicios sanitarios puede limitar el derecho a deducir el IVA soportado. No prometemos recuperar el impuesto de cualquier compra de aparatología sin analizar el caso.

    ¿Cuánto cuesta contratar Billeo para médicos?

    El plan inicial parte de 65 €/mes más IVA para autónomos con hasta 15 facturas por trimestre. El siguiente tramo es 95 €/mes más IVA para autónomos con hasta 100 facturas por trimestre. Para empresas, 160 €/mes más IVA para sociedades con operativa sencilla. 120 €/mes más IVA para autónomos en País Vasco y Navarra; volumen y alcance confirmados por escrito. Se confirma el volumen, territorio y alcance antes de contratar, sin trasladar la tarifa general a una propuesta foral.

    ¿Qué incluye el presupuesto de gestoría para médicos?

    Debe indicar revisión de facturas y libros, modelos fiscales concretos, asesor asignado, canales, fechas de entrega y límites de documentos. Las operaciones internacionales, empleados o atrasos se describen antes de valorar el caso. No basta con una cuota sin identificar tareas y responsabilidades.

    ¿Cuánto cuesta al año la gestión de una actividad de médicos?

    Doce cuotas del plan inicial de autónomos suman 780 € antes de IVA; las del plan inicial de empresas, 1920 €. Es una comparación aritmética si mantienes el mismo tramo todo el año. Se añaden extras contratados; no incluye cuota de autónomos, impuestos ni servicios extraordinarios.

    ¿La Renta y las nóminas están incluidas para médicos?

    No se dan por incluidas en la cuota mensual base. La Renta para clientes se presupuesta desde 40 € para clientes de Billeo; las nóminas, desde 15 €/empleado/mes más IVA. Las cuentas anuales no están incluidas en la cuota mensual base y se presupuestan por separado. Confirma cada extra por escrito antes de encargarlo.

    ¿Cómo cambio a Billeo si ya tengo gestoría para médicos?

    Acordamos una fecha de corte y pedimos censo, modelos presentados, libros o contabilidad, facturas, inversiones y expedientes abiertos. La propuesta concreta qué periodo asume cada asesor y si hay revisión de atrasos. Guarda tu documentación y evita que ambos presenten el mismo modelo sin coordinación.

    ¿Qué necesito enviar para presupuestar mi actividad de médicos?

    Describe tus servicios, forma jurídica, territorio, clientes, países, empleados y facturas por trimestre. Aporta ejemplos de contratos con clínicas y aseguradoras y liquidaciones y facturas de honorarios, sin información personal innecesaria. Con esa documentación confirmamos encaje, tareas, exclusiones y precio antes de iniciar el servicio.

    QUÉ GESTIONAMOS

    De la consulta privada al cierre fiscal.

    Configuramos las obligaciones reales del médico o la clínica y dejamos trazabilidad documental.

    IVA sanitario

    Separamos asistencia de diagnóstico, prevención o tratamiento de prestaciones que no cumplen la finalidad sanitaria exenta.

    Facturación mixta

    Configuramos conceptos exentos y sujetos y revisamos si existe prorrata, modelo 303 u otra obligación relacionada.

    IRPF y modelo 130

    Conciliamos ingresos, gastos y retenciones profesionales y comprobamos la regla del 70 % con los datos correctos.

    Pluriactividad

    Integramos nómina hospitalaria y actividad privada y revisamos sus efectos fiscales y de cotización sin confundir ambas fuentes.

    Gastos profesionales

    Registramos colegiación, seguro, material, software o formación cuando existe factura, vinculación y tratamiento correcto.

    Consulta o clínica

    Comparamos autónomo y sociedad con beneficio, riesgo, socios, personal y costes de cumplimiento, sin umbral universal.

    ERRORES FRECUENTES

    Tres atajos que generan riesgo fiscal.

    Todo médico está exento

    La exención depende de quién presta el servicio y de su finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento.

    Todo gasto se deduce al 100 %

    La deducción exige vinculación, justificación y registro; el uso mixto o una inversión pueden cambiar el tratamiento.

    La nómina evita el modelo 130

    La regla del 70 % se calcula sobre los ingresos de la actividad profesional sujetos a retención, no sobre el salario.

    PROCESO

    De tu situación actual a una operativa clara.

    01

    Mapa de actividad

    Listamos consulta, hospital, clínica, pagadores, servicios, sociedad, personal, compras y documentación disponible.

    02

    Configuración fiscal

    Definimos alta censal, IVA, retenciones, modelos, libros, justificantes y tareas incluidas en el plan contratado.

    03

    Cierre periódico

    Conciliamos facturas, bancos, gastos y retenciones y preparamos las obligaciones aplicables al alcance confirmado.

    ¿INDECISO?

    Te lo decimos en 5 minutos.

    Cuéntanos tu caso. Si no somos los ideales para ti, te orientamos hacia el gestor que sí lo sea.

    atención en horario laboral, sin SLA contractual · Sin compromiso · Asesor humano

    PREGUNTAS FRECUENTES

    Resolvemos tus dudas.

    ¿Cuánto cuesta una gestoría para médicos autónomos?

    El Plan Autónomos parte de 65 €/mes más IVA para autónomos con hasta 15 facturas por trimestre y dispone de un segundo tramo de 95 €/mes más IVA para autónomos con hasta 100 facturas por trimestre. Una clínica que opera como sociedad parte de 160 €/mes más IVA para sociedades con operativa sencilla. La Renta, las nóminas, las Cuentas Anuales y los trabajos extraordinarios se confirman aparte.

    ¿Todos los servicios de un médico están exentos de IVA?

    No. Está exenta la asistencia a personas físicas que consista en diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades y sea prestada por un profesional médico o sanitario. Servicios ajenos a esa finalidad, como determinadas intervenciones puramente estéticas o informes periciales, pueden estar sujetos y no exentos.

    ¿Una consulta médica exenta tiene que presentar el modelo 303?

    Si realiza exclusivamente operaciones interiores exentas que no obligan a liquidar IVA, puede no existir obligación periódica del modelo 303. Si combina servicios exentos y sujetos, compra servicios extranjeros u opera en otros supuestos, hay que revisar el alta censal y las declaraciones aplicables.

    ¿Puede un médico deducir el IVA de sus gastos?

    Las operaciones sanitarias exentas del artículo 20 de la Ley del IVA no dan, con carácter general, derecho a deducir el IVA soportado relacionado con ellas. Si existen operaciones exentas y sujetas con derecho a deducción, se estudia la prorrata y la afectación de cada gasto.

    ¿Qué gastos puede deducir un médico autónomo?

    Pueden ser deducibles los gastos vinculados a la actividad, justificados y registrados: colegiación obligatoria, seguro profesional, alquiler, material, software o formación relacionada, entre otros. No aplicamos porcentajes automáticos: revisamos factura, afectación, uso privado, amortización y límites legales.

    ¿La cuota del Colegio de Médicos es siempre deducible al 100 %?

    La cuota obligatoria vinculada al ejercicio profesional puede ser gasto de la actividad si está justificada y registrada. Cuotas voluntarias, servicios adicionales o importes sin relación suficiente deben analizarse por separado; no se promete una deducción universal sin revisar el justificante.

    ¿Un médico puede elegir siempre entre RETA y una mutualidad?

    No. La posibilidad de usar una mutualidad alternativa depende del colectivo, la mutualidad autorizada, la fecha y las condiciones de incorporación. Antes del alta verificamos la situación con el colegio, la mutualidad y la Seguridad Social; no damos por válida una alternativa solo por ser médico.

    ¿Cómo tributa un médico con nómina de hospital y consulta privada?

    La nómina genera rendimientos del trabajo y la consulta privada rendimientos de actividad económica. Además puede existir pluriactividad en Seguridad Social. Conciliamos ambas fuentes para anticipar la Renta y revisamos cotización, retenciones y posibles regularizaciones.

    ¿Cuándo no tiene que presentar el modelo 130 un médico?

    En una actividad profesional, puede no existir obligación de pago fraccionado si al menos el 70 % de los ingresos de esa actividad fueron objeto de retención en el periodo de referencia. La retención de la nómina del hospital no sustituye ese cálculo sobre los ingresos profesionales.

    ¿Cómo se factura medicina estética junto con actividad sanitaria?

    Se clasifica cada prestación por su finalidad real y documentación clínica. La asistencia con finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento puede estar exenta; una intervención puramente estética puede estar sujeta al 21 %. Configuramos conceptos separados y revisamos sus efectos en IVA y prorrata.

    ¿Billeo tramita la colegiación o garantiza el alta en una mutualidad?

    No prometemos la admisión ni actuamos como colegio o mutualidad. Podemos ordenar la documentación fiscal, coordinar el alta censal y comprobar el tratamiento de cuotas y justificantes dentro del alcance confirmado por escrito.

    ¿La declaración de la Renta está incluida en la cuota mensual?

    No. La Renta se contrata de forma separada para clientes de Billeo desde 40 € para clientes de Billeo. El plan mensual cubre los modelos periódicos y tareas confirmadas en el alcance.

    Respuesta para decidir · Revisada el 10 de septiembre de 2026

    ¿Qué debe cubrir una gestoría para médicos autónomos?

    Respuesta directa: Debe clasificar cada prestación por su finalidad sanitaria, separar actividad exenta y sujeta, revisar prorrata, gastos, retenciones y pluriactividad. Billeo configura facturación y modelos con la documentación de la consulta; licencias sanitarias y defensa clínica no forman parte automática del plan.

    Servicios exentos y sujetos separados
    Gastos y prorrata revisados
    Consulta y nómina conciliadas

    Antes de contratar

    Cuéntanos volumen, forma jurídica, empleados y operaciones especiales. Te confirmamos por escrito el plan, los límites y cualquier trabajo adicional.

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    FUENTES Y RUTAS RELACIONADAS

    Criterios revisados con la AEAT sobre exenciones médicas y sanitarias, el derecho a deducir IVA, los requisitos del modelo 130 y los requisitos de los gastos deducibles. Última revisión: 30 de agosto de 2026.

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