
Daniel Perla · Co-fundador de Billeo
Amortización de bienes de inversión para autónomos
Un bien usado durante varios ejercicios se deduce normalmente mediante amortización, no como gasto íntegro al comprarlo. La tabla depende del régimen fiscal; los 300 € de determinados incentivos y los 3.005,06 € del IVA responden a reglas diferentes.
Bienes de Inversión 2026
Reglas de amortización
- ContenidoGuía temática revisada
- DocumentaciónFuentes oficiales enlazadas
- AplicaciónSegún el supuesto y ejercicio
REFERENCIA LEGAL
Los ejemplos no sustituyen los requisitos de cada supuesto.
Fuentes
Documentación oficial enlazada
RESPUESTA Y GUÍA PRÁCTICA
Consulta los apartados y las fuentes correspondientes a tu situación.
ÍNDICE
- 01¿Qué se considera un bien amortizable para un autónomo?
- 02¿Qué tabla se aplica en estimación directa simplificada?
- 03¿Un bien de menos de 300 € se deduce siempre de golpe?
- 04¿Qué diferencia hay con los bienes de inversión del IVA?
- 05¿Cómo se registra y revisa una amortización?
- 06Fuentes oficiales consultadas
- 07Preguntas frecuentes
¿Qué se considera un bien amortizable para un autónomo?
Respuesta directa: Un bien usado durante varios ejercicios se deduce normalmente mediante amortización, no como gasto íntegro al comprarlo. La tabla depende del régimen fiscal; los 300 € de determinados incentivos y los 3.005,06 € del IVA responden a reglas diferentes.
Un ordenador, una máquina o mobiliario que se utiliza de forma duradera en el negocio puede formar parte del inmovilizado. Lo relevante no es superar una cifra universal de 300 €, sino su naturaleza, vida útil y afectación a la actividad. La factura, el pago y el registro deben permitir identificarlo.
La amortización distribuye el valor amortizable a lo largo de su utilización. El IVA deducible no se incorpora al coste; el no deducible sí puede formar parte de él. El terreno se separa de la construcción porque no se amortiza.
¿Qué tabla se aplica en estimación directa simplificada?
La tabla oficial de AEAT incluye, entre otros, estos coeficientes lineales máximos y periodos máximos. No es la tabla de todos los contribuyentes ni debe mezclarse con la de módulos.
| Elemento | Coeficiente máximo | Periodo máximo |
|---|---|---|
| Edificios y construcciones | 3 % | 68 años |
| Mobiliario e instalaciones | 10 % | 20 años |
| Maquinaria | 12 % | 18 años |
| Elementos de transporte | 16 % | 14 años |
| Equipos informáticos y programas | 26 % | 10 años |
| Útiles y herramientas | 30 % | 8 años |
La amortización empieza cuando el bien está en condiciones de funcionamiento. Si se pone en uso durante el año, se tiene en cuenta el tiempo de utilización; no se aplica automáticamente la anualidad completa.
¿Un bien de menos de 300 € se deduce siempre de golpe?
No por el mero hecho de costar menos de 300 €. La libertad de amortización de elementos nuevos de escaso valor tiene requisitos y un límite conjunto de 25.000 € por periodo impositivo en el supuesto legal aplicable. Debe comprobarse que el incentivo corresponda al régimen del contribuyente.
Tampoco toda empresa puede duplicar cualquier coeficiente. La amortización acelerada exige encajar en un incentivo concreto. Conviene dejar documentada la regla aplicada en la ficha del activo.
¿Qué diferencia hay con los bienes de inversión del IVA?
El artículo 108 de la Ley del IVA utiliza su propia definición para bienes destinados a servir normalmente durante más de un año y excluye, entre otros, los de valor de adquisición inferior a 3.005,06 €. Esta clasificación afecta a la regularización del IVA; no decide por sí sola el tratamiento del IRPF.
El IVA no es automáticamente deducible al 100 %. Depende de la actividad, del derecho a deducción y de la afectación. Un vehículo de uso mixto requiere analizar por separado IVA e IRPF.
¿Cómo se registra y revisa una amortización?
Conserva una ficha por activo: descripción, fecha de adquisición y puesta en uso, coste, IVA, porcentaje afecto, método, cuotas anuales y amortización acumulada. Reconcilia el saldo pendiente cuando se venda, se retire o cambie su uso.
Ejemplo ilustrativo: un equipo de 1.000 € de valor amortizable usado todo el año, con coeficiente del 26 %, genera 260 € de amortización anual bajo ese método. No supone una devolución de 260 € ni prueba que el IVA del equipo sea deducible.
Fuentes oficiales consultadas
Consulta de fuentes: 23 de octubre de 2026. Los ejercicios históricos y los ejemplos ilustrativos se identifican en el texto.
FAQs frecuentes
¿Se amortizan los terrenos?
¿El precio de 300 € define un bien de inversión?
¿Se suma el IVA al coste?
¿Puedo aplicar siempre el doble del coeficiente?
¿Qué ocurre si compro en diciembre?
Dudas relacionadas con esta guía
¿Se amortizan los terrenos?: No. Hay que separar su valor del de una construcción amortizable.
¿El precio de 300 € define un bien de inversión?: No. Ese importe pertenece a un incentivo concreto y no es una definición general del inmovilizado.
¿Se suma el IVA al coste?: Se excluye el IVA deducible; el no deducible puede integrar el coste.
¿Puedo aplicar siempre el doble del coeficiente?: No. Debe existir un incentivo aplicable y cumplirse sus requisitos.
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