AEAT · Modelo 180

    Modelo 180: Resumen anual de retenciones sobre alquileres

    El Modelo 180 es la declaración informativa anual que recoge el detalle por arrendador de las retenciones del 19% practicadas durante el año sobre los alquileres de locales de negocio a personas físicas. Billeo calcula y presenta el Modelo 180 por ti automáticamente antes del plazo.

    Empresas y autónomos que han pagado alquiler de local de negocio a persona física durante el año
    Cualquier sujeto que haya presentado Modelo 115 trimestral durante el ejercicio
    Comunidades de propietarios y entidades que han actuado como retenedoras sobre arrendamientos
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    Daniel · asesor fiscal Billeo

    Daniel · asesor fiscal

    Modelo 180 en Billeo

    Vigente 2026
    • Resumen anual de retenciones sobre arrendamientos de inmuebles urbanosTipo de declaración
      Anual
    • Próximo plazo 2026Ejercicio 2025
      1–31 enero 2026
    • PresentaciónAgencia Tributaria
      Sede electrónica AEAT
    • Autónomos y empresasSujetos obligados
      Sujetas a IVA/IRPF

    Periodicidad

    Anual

    Honorarios Billeo

    0

    presentaciones/año

    T+20

    días para presentar

    300 €

    sanción mínima

    AEAT

    sede electrónica

    Definición

    ¿Qué es el Modelo 180?

    El Modelo 180 (Resumen anual de retenciones sobre arrendamientos de inmuebles urbanos) es uno de los modelos tributarios de la Agencia Tributaria que más impacta a autónomos y empresas en España. El Modelo 180 es la declaración informativa anual que recoge el detalle por arrendador de las retenciones del 19% practicadas durante el año sobre los alquileres de locales de negocio a personas físicas. Es el complemento informativo del Modelo 115 trimestral: este último ingresa las retenciones, el Modelo 180 las desglosa en enero del año siguiente por cada propietario receptor de la renta. En Billeo lo presentamos por ti con los datos reales de tu facturación, sin recargos ni sorpresas.

    ¿Quién debe presentar el Modelo 180?

    • Empresas y autónomos que han pagado alquiler de local de negocio a persona física durante el año
    • Cualquier sujeto que haya presentado Modelo 115 trimestral durante el ejercicio
    • Comunidades de propietarios y entidades que han actuado como retenedoras sobre arrendamientos

    ¿Quién no lo presenta?

    • Quien no haya tenido alquileres con retención durante el año (todos sus Modelos 115 negativos)
    • Quien no esté dado de alta como retenedor de alquileres en el Modelo 036
    • Empresas que alquilan exclusivamente a otras sociedades (sin retención obligatoria)

    Calendario

    Plazos del Modelo 180 en 2026

    El Modelo 180 se presenta anualmente. Aquí tienes todas las fechas límite del ejercicio 2026.

    ENE
    31

    2026

    01 · Plazo

    Ejercicio 2025

    Plazo único anual, coincide con Modelo 115 del 4T

    Qué es el Modelo 180 y por qué se presenta cada enero

    El Modelo 180 es la declaración informativa anual que desglosa, por cada arrendador persona física, las retenciones del 19% practicadas durante el año sobre alquileres de locales de negocio. Su función es que Hacienda pueda cruzar las retenciones declaradas por las empresas inquilinas con las retenciones soportadas que cada arrendador declara en su Renta personal.

    Aunque el Modelo 180 no conlleva pago (las retenciones ya se ingresaron con los Modelos 115 trimestrales), su importancia es enorme: cualquier descuadre entre las retenciones declaradas en el Modelo 180 y las soportadas declaradas por los arrendadores en su Renta genera incidencias automáticas que disparan requerimientos a ambas partes.

    Relación entre Modelo 180 anual y Modelo 115 trimestral

    El Modelo 115 trimestral y el Modelo 180 anual son dos caras de la misma obligación. Lo ingresado trimestre a trimestre con el 115 debe coincidir exactamente con el desglose anual del 180.

    AspectoModelo 115Modelo 180
    PeriodicidadTrimestral (4 al año)Anual (1 en enero)
    FunciónIngresar cuota retencionesDesglosar por arrendador (informativo)
    Conlleva pagoSí, la cuota a ingresarNo, solo informativo
    Detalle por arrendadorNo, importe globalSí, registro por cada NIF + inmueble
    Cruce con Renta arrendadorNo directoSí, base del cruce

    Cómo rellenar el Modelo 180 paso a paso

    1. Recopilar los arrendadores del año: lista de todas las personas físicas a las que la empresa ha pagado alquiler durante el año con retención del 19%.
    2. Datos por cada arrendador: NIF, nombre completo, dirección del inmueble alquilado, referencia catastral, importe anual satisfecho (sin IVA), retención practicada (19% del importe).
    3. Cuadrar con los Modelos 115: verificar que la suma anual de retenciones declaradas en el Modelo 180 coincide exactamente con la suma de cuotas ingresadas en los 4 Modelos 115 del año.
    4. Presentar antes del 31 de enero: telemáticamente en sede AEAT con certificado digital.
    5. Entregar certificado a cada arrendador: antes del 1 de febrero. Lo necesitan para su Renta personal.

    Certificado anual de retenciones al arrendador

    Una vez presentado el Modelo 180, la empresa inquilina debe entregar a cada arrendador (persona física propietaria del local) un certificado individual de retenciones antes del 1 de febrero. Este certificado refleja exactamente la línea del Modelo 180 correspondiente a ese propietario concreto.

    El certificado es imprescindible para el arrendador: lo usa en su Renta (Modelo 100, abril-junio) para descontar las retenciones soportadas de su cuota IRPF como rendimiento de capital inmobiliario. Sin certificado, el propietario no puede demostrar las retenciones y puede pagar IRPF de más.

    • Plazo de entrega: antes del 1 de febrero del año siguiente.
    • Formato: papel firmado o PDF firmado electrónicamente.
    • Contenido: NIF y datos del inquilino retenedor + NIF y datos del propietario + dirección inmueble + referencia catastral + importe total satisfecho + retenciones del año.
    • En Billeo emitimos el certificado de retenciones automáticamente al presentar el Modelo 180.

    Long-tail

    Modelo 180 · Preguntas de cola larga que también respondemos

    Modelo 180 plazo enero ejercicio anterior

    Plazo único: del 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio declarado. Coincide con el plazo del Modelo 115 del 4T del año anterior.

    Modelo 180 referencia catastral inmueble alquilado

    Obligatorio incluir la referencia catastral del inmueble en el Modelo 180. Sin ella, la AEAT no puede cruzar con catastro y genera incidencias. Pedir al propietario copia del IBI al inicio del contrato.

    Modelo 180 propietario sociedad limitada SL no presentar

    Si tu arrendador es persona jurídica (SL, SA), no hay retención y por tanto no se incluye en el Modelo 180. Solo arrendamientos a personas físicas con retención del 19%.

    Modelo 180 certificado anual entregar 1 febrero arrendador

    Antes del 1 de febrero, la empresa inquilina debe entregar al propietario certificado individual con las retenciones del año. Imprescindible para que el arrendador descuente correctamente en su Renta.

    Modelo 180 alquiler local persona fisica retención 19

    Solo arrendamientos a personas físicas con retención del 19% sobre la base sin IVA. Si la base mensual es 1.000€ + 210€ IVA, retención mensual 190€. Total anual 2.280€ va al Modelo 180 con datos del arrendador.

    Modelo 180 descuadre Modelo 115 trimestral suma anual

    La suma de las cuotas de los 4 Modelos 115 trimestrales debe coincidir con el total del Modelo 180 anual. Cualquier diferencia activa requerimiento. Conciliar antes de presentar el 180 en enero.

    Modelo 180 en cifras

    Retenciones alquiler, desglose por arrendador.

    El Modelo 180 es la foto anual de las retenciones del 19% que has practicado sobre alquileres de locales pagados a personas físicas. Informativo y crítico para el cruce con la Renta de los propietarios.

    Retención sobre alquiler

    19%

    Cuando alquilas un local de negocio a una persona física, retienes el 19% de la base imponible (sin IVA) y la ingresas a Hacienda con el Modelo 115 trimestral. El Modelo 180 desglosa al final del año por cada propietario.

    Datos por cada arrendador

    NIF y nombre del propietarioObligatorio
    Dirección del inmuebleObligatorio
    Referencia catastralObligatorio
    Importe anual + retencionesTotal año

    Plazo único anual del Modelo 180.

    Enero · ventana de presentación31 enero

    Presentación

    Cómo presentar el Modelo 180 paso a paso

    Telemáticamente en la Sede Electrónica de la AEAT con certificado digital. Cada arrendador debe figurar con NIF, nombre, dirección del inmueble, referencia catastral, importe total satisfecho durante el año y retención practicada. En Billeo lo generamos automáticamente desde los Modelos 115 trimestrales presentados durante el año.

    Para presentar el Modelo 180 necesitas identificarte en la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Si el Modelo 180 resulta a ingresar, puedes domiciliar el pago o hacerlo mediante NRC bancario.

    Sede Electrónica de la AEAT
    01

    Reúne tus facturas

    Emitidas y recibidas del período correspondiente al Modelo 180

    02

    Calcula el resultado

    Diferencia entre IVA/IRPF repercutido y soportado o retenido

    03

    Accede a la AEAT

    Sede electrónica con certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN

    04

    Presenta y conserva justificante

    El NRC o CSV del Modelo 180 es tu prueba de presentación

    Importante

    Sanciones por no presentar el Modelo 180

    Sanción por dato omitido: 20€ por registro, mínimo 300€, máximo 20.000€. Por presentación fuera de plazo voluntaria: 150€ mínimo. Los cruces más habituales se producen con la Renta del arrendador, que debe declarar las retenciones soportadas exactamente como las declara el inquilino en el Modelo 180.

    Consejo de experto

    El error más caro con el Modelo 180 es no incluir la referencia catastral del inmueble alquilado. La AEAT cruza el Modelo 180 con el catastro para verificar que el inmueble existe y que su titularidad coincide con el NIF declarado. Una referencia catastral mal escrita o ausente provoca incidencias automáticas. La buena práctica: pedir copia del recibo IBI al propietario al inicio del contrato y archivar la referencia catastral correcta. En Billeo verificamos las referencias catastrales antes de presentar el Modelo 180.

    Gestoría online · sin permanencia

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    Sorpresas fiscalesNinguna

    FAQ

    Preguntas frecuentes sobre el Modelo 180

    Resolvemos las dudas más frecuentes sobre el Modelo 180 que nos llegan cada día en Billeo de autónomos y empresas.

    ¿Tu empresa alquila local a particulares?

    Generamos automáticamente tu Modelo 180 anual desde los Modelos 115 trimestrales presentados durante el año, con referencias catastrales verificadas y certificados a cada arrendador.

    Que Billeo presente mi Modelo 180

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