Qué es el cese de actividad del autónomo (el paro del autónomo)
El cese de actividad del autónomo es la prestación contributiva por desempleo que la Seguridad Social reconoce a los trabajadores autónomos del RETA al cerrar forzosamente su negocio. Es el equivalente al paro de los trabajadores por cuenta ajena, pero gestionado por las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y no por el SEPE.
El cese de actividad del autónomo está regulado en la Ley 32/2010 y reformado por las Leyes 6/2017 y 11/2020. Su finalidad es proteger al autónomo en situaciones de cese involuntario de la actividad: pérdidas económicas, fuerza mayor, pérdida de licencia o circunstancias personales graves. No cubre el cierre voluntario por jubilación, cambio de empleo o falta de motivación.
Desde 2019 todos los autónomos del RETA cotizan obligatoriamente por contingencias profesionales, lo que automáticamente da derecho al cese de actividad del autónomo si se cumplen los demás requisitos. La cuota mensual del autónomo incluye esa cotización (no es opcional).
