ALTA AUTÓNOMO · GUÍA RÁPIDA
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Última actualización: 19 junio 2026|Revisión fiscal: Alberto López

¿Qué documentos necesito para darme de alta como autónomo?

Lo que Hacienda y Seguridad Social te van a pedir.

Conoce la documentación exacta para tramitar tu alta en el RETA y la Agencia Tributaria sin cometer errores ni sufrir retrasos.

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Alberto López · Asesor fiscal: "Esta guía se ha revisado para reflejar las condiciones y criterios fiscales vigentes."

Respuesta rápida: Documentación esencial

Para tramitar tu alta de autónomo necesitas obligatoriamente tu DNI o NIE en vigor, tu Número de Afiliación a la Seguridad Social (NUSS) y el IBAN de tu cuenta bancaria personal para domiciliar la cuota. Si el trámite lo hace una gestoría online, sólo debes aportar una copia de tu documento de identidad y firmar una autorización electrónica; ellos presentarán los modelos 036 y TA.0521 por ti.

1. Trámites y documentos para Hacienda (AEAT)

El primer paso para ser autónomo es inscribirse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Para ello no presentas papeles físicos, sino que debes cumplimentar y enviar telemáticamente una declaración censal.

  • Modelo 036 (o 036): Es el formulario donde indicas tus datos personales, la dirección de tu negocio (o de tu casa si trabajas en remoto), y el Epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas) que corresponde a tu profesión.
  • Certificado Digital o Cl@ve: Necesario para poder firmar y presentar el modelo de forma telemática en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

2. Trámites y documentos para la Seguridad Social

Simultáneamente (o en un plazo máximo de 60 días antes), debes cursar tu alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). De nuevo, el trámite es online.

  • Modelo TA.0521: Es la solicitud simplificada de alta, baja o variación de datos en el RETA.
  • Código CNAE: Debes indicar el Código Nacional de Actividades Económicas que mejor describa tu trabajo.
  • Base de cotización: Tienes que comunicar tu previsión de ingresos anuales para que te asignen un tramo de cotización, así como elegir la Mutua colaboradora para contingencias profesionales.
  • Número de cuenta (IBAN): Fundamental para que la Seguridad Social te cobre la cuota (o la Tarifa Plana) el último día hábil de cada mes.

💡 El consejo de Billeo

Hacer el alta por tu cuenta requiere disponer de Certificado Digital y tener muy claro qué epígrafe IAE y código CNAE te corresponden, ya que un error puede costarte recargos o la pérdida de bonificaciones como la Tarifa Plana. En Billeo nos encargamos de todo el papeleo en 24 horas.

FAQs frecuentes

Para el alta en Hacienda necesitas el DNI/NIE, número de Seguridad Social y cuenta bancaria (IBAN). Para Seguridad Social te pedirán además el código CNAE de tu actividad y la fecha exacta de inicio. Si vas a delegar el alta en una gestoría online como Billeo, sólo necesitas subir tu DNI y firmar una autorización electrónica; nosotros nos encargamos del resto de formularios (Modelos 036 y TA.0521).

No. En 2026 todo el proceso de alta como autónomo es 100% telemático. Tanto Hacienda (Agencia Tributaria) como la Seguridad Social exigen que los trámites se realicen por internet mediante Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Una gestoría online lo hace mediante su propio certificado de profesional colaborador.

Es la declaración censal con la que comunicas a Hacienda el inicio de una actividad económica. El Modelo 037 fue suprimido el 3 de febrero de 2025, por lo que actualmente se utiliza el Modelo 036.

Es el documento de la Seguridad Social para tramitar tu alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Aquí indicarás la base de cotización que eliges, tu mutua de accidentes de trabajo y tu cuenta bancaria para domiciliar la cuota mensual de autónomo.

ALTA Y EPÍGRAFES

¿Tu actividad, IAE y CNAE cuentan la misma historia?

Revisamos el alta censal, los epígrafes y las obligaciones periódicas para detectar incoherencias antes del siguiente vencimiento.

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Qué revisamos

  • IAE y CNAE
  • Modelo 036
  • Obligaciones fiscales habituales

Sin promesas automáticas: primero confirmamos documentación, alcance y precio aplicable.