
Billeo
Modelo 303: El IVA trimestral.
Devuelve a Hacienda lo que le pertenece.
Conoce el funcionamiento del impuesto más famoso de los autónomos: cómo liquidar el IVA que has cobrado descontando el IVA de tus gastos deducibles.

Alberto López · Asesor fiscal: "Esta guía se ha revisado para reflejar las condiciones y criterios fiscales vigentes."
Respuesta rápida: ¿Qué es el Modelo 303?
El Modelo 303 es el formulario para liquidar el IVA trimestral. En él, calculas el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y le restas el IVA de las compras de tu negocio (IVA soportado deducible). Si la diferencia es positiva, pagas ese importe a Hacienda. Si es negativa, se acumula para compensar en futuros trimestres (o puedes pedir la devolución en el 4º trimestre). Debes presentarlo en abril, julio, octubre y enero.
1. Cómo funciona: Repercutido vs. Soportado
El IVA es un impuesto al consumidor final. Como autónomo, actúas como un "recaudador" de Hacienda. La mecánica es sencilla:
- IVA Repercutido (Cobrado): Es el 21%, 10% o 4% que añades a tus facturas y te pagan tus clientes. Este dinero no es tuyo, es de Hacienda.
- IVA Soportado (Pagado): Es el IVA que tú pagas al comprar herramientas o contratar servicios para tu negocio. Tienes derecho a restarlo del IVA que debes ingresar.
Fórmula: IVA Repercutido - IVA Soportado = Resultado de tu Modelo 303.
2. Plazos de presentación (Calendario Fiscal)
Hacienda es muy estricta con las fechas. Presentar tarde conlleva recargos inmediatos.
- 1º Trimestre (Ene-Mar): Del 1 al 20 de abril.
- 2º Trimestre (Abr-Jun): Del 1 al 20 de julio.
- 3º Trimestre (Jul-Sep): Del 1 al 20 de octubre.
- 4º Trimestre (Oct-Dic): Del 1 al 30 de enero del año siguiente. (Junto con el resumen anual, Modelo 390).
💡 El consejo de Billeo
Si vas a domiciliar el pago (para que Hacienda te cobre el importe directamente en tu cuenta bancaria), el plazo se adelanta 5 días. Por ejemplo, en el primer trimestre, el último día para domiciliar es el 15 de abril, no el 20.
FAQs frecuentes
GESTIÓN FISCAL
Comprueba obligaciones y justificantes antes del próximo cierre.
Indica tu actividad y el modelo o impuesto que te preocupa. Revisaremos qué información hace falta para confirmar el siguiente paso.
- Modelo y periodo
- Facturas y libros
- Obligaciones censales