
Daniel Perla · Co-fundador y BDR
Facturar a Canarias, Ceuta y Melilla: no siempre es sin IVA.
La respuesta cambia si vendes bienes o servicios y si tu cliente es empresa o particular.
Canarias, Ceuta y Melilla están fuera del territorio de aplicación del IVA. Eso no significa que todas las facturas se emitan igual: primero hay que localizar la operación y distinguir bienes, servicios, B2B y B2C.

Alberto López · Asesor fiscal: "Esta guía se ha revisado para reflejar las condiciones y criterios fiscales vigentes."
Regla de salida
Antes de emitir la factura
- CanariasIGIC
- Ceuta y MelillaIPSI
- BienesRevisar transporte
- ServiciosRevisar localización
REFERENCIA LEGAL
AEAT y ATC · revisión fiscal 10 agosto 2026
3
Territorios fiscales distintos
2
Claves: bienes o servicios
B2B / B2C
El destinatario cambia la respuesta
5
Fuentes oficiales enlazadas
RESPUESTA DIRECTA
Si envías bienes desde la Península a Canarias, Ceuta o Melilla, la salida puede tratarse como exportación exenta de IVA cuando se cumplen y prueban los requisitos; la entrada puede generar tributación a la importación en destino.
Si prestas servicios, no copies esa regla: en B2B suele mandar el lugar del cliente, mientras en B2C la regla general suele ser el lugar del prestador, salvo reglas especiales. Por eso “cliente canario = factura sin IVA” es una regla incorrecta.
ÍNDICE
¿Con IVA, IGIC o IPSI? La respuesta en 30 segundos
| Operación | Tratamiento orientativo | Comprobación imprescindible |
|---|---|---|
| Bien de Península a Canarias | Posible exportación exenta de IVA; importación en Canarias | Transporte, exportación y quién liquida la importación |
| Servicio B2B a empresa canaria | Con carácter general, no sujeto a IVA español | Condición empresarial y regla especial del servicio |
| Servicio B2C a particular canario | Puede llevar IVA español por la regla general | Tipo de servicio y excepciones |
| Bien a Ceuta o Melilla | Posible exportación exenta de IVA; IPSI/importación en destino | Aduana, transporte y documentación |
| Servicio a Ceuta o Melilla | Depende de B2B/B2C y localización | Regla general y reglas especiales |
La tabla orienta, pero no sustituye la revisión de la operación. Un inmueble, un evento, un transporte, un servicio electrónico o una intermediación pueden seguir reglas especiales.
¿Por qué Península y Baleares usan IVA y Canarias, Ceuta y Melilla no?
La AEAT delimita el territorio de aplicación del IVA a la Península y Baleares. Canarias, Ceuta y Melilla quedan fuera. Canarias aplica IGIC; Ceuta y Melilla aplican IPSI.
Que un territorio quede fuera del IVA no convierte automáticamente toda factura en exenta. La factura puede estar sujeta a otro impuesto, no sujeta al IVA español o sometida a una regla especial. El resultado depende de dónde se localice la operación.
Consulta la definición oficial del territorio IVA de la AEAT y la información oficial del IGIC de la ATC.
¿Cómo facturar una venta de bienes de la Península a Canarias?
Una entrega de bienes transportados desde la Península a Canarias se trata, a efectos del IVA, dentro de las operaciones de exportación. La exención exige que exista una salida real y que se cumplan y acrediten sus requisitos.
- Identifica quién organiza y paga el transporte.
- Conserva la documentación de expedición y salida.
- Aclara quién actuará como importador en Canarias.
- Comprueba el IGIC y, cuando corresponda, el AIEM de la importación.
- No llames intracomunitaria a la operación ni la lleves al Modelo 349 por ese motivo.
La AEAT explica que Canarias no se considera territorio de la Comunidad a efectos del IVA y que las entregas de bienes transportados fuera de ese territorio pueden constituir exportaciones. La importación canaria se gestiona separadamente en destino.
¿Cómo facturar servicios a clientes de Canarias?
En servicios, la pregunta principal no es si el cliente está “en España”, sino dónde se localiza fiscalmente el servicio. La regla general distingue entre destinatarios empresa y particulares.
| Cliente | Regla general | Riesgo habitual |
|---|---|---|
| Empresa o profesional canario (B2B) | Lugar donde está establecido el destinatario que recibe el servicio | No validar que actúa como empresario |
| Particular canario (B2C) | Lugar donde está establecido el prestador | Quitar el IVA solo por el domicilio del cliente |
| Servicio con regla especial | La regla específica prevalece | Aplicar la regla general a inmuebles, eventos, transporte o servicios electrónicos |
La AEAT resume las reglas de localización de servicios y ofrece un localizador. Úsalo antes de convertir una casuística puntual en una plantilla recurrente.
¿Cómo se factura a Ceuta y Melilla cuando se aplica el IPSI?
Ceuta y Melilla no forman parte del territorio del IVA ni del territorio aduanero de la Unión. La AEAT indica que allí se aplica el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI).
Para bienes expedidos desde la Península puede existir una exportación exenta de IVA y una importación sometida a IPSI en destino. En servicios vuelve a ser necesario diferenciar B2B, B2C y reglas especiales.
No uses en la factura una mención genérica como “sin IVA por ser Ceuta” sin documentar el motivo. Revisa la información oficial de la AEAT sobre Ceuta y Melilla.
¿Qué debes comprobar antes de emitir la factura?
| Pregunta | Por qué importa | Prueba que debes guardar |
|---|---|---|
| ¿Bien o servicio? | Determina el bloque de reglas | Contrato, pedido y descripción precisa |
| ¿B2B o B2C? | Cambia la localización general de los servicios | NIF, alta o evidencia de actividad |
| ¿Dónde se entrega o utiliza? | Puede activar reglas especiales | Dirección, inmueble, evento o transporte |
| ¿Quién transporta e importa? | Define responsabilidades en bienes | DUA, factura del transportista y justificantes |
| ¿Hay regla especial? | Prevalece sobre la regla general | Criterio fiscal y fuente oficial |
¿Qué debe aparecer en la factura?
- Datos completos del emisor y del destinatario.
- Número, serie y fecha correlativos.
- Descripción suficiente del bien o servicio.
- Base imponible, impuesto y cuota cuando proceda.
- Mención de exención o no sujeción ajustada al motivo real cuando no se repercuta IVA.
- Condiciones de entrega y referencia documental en operaciones con bienes.
No escribas “inversión del sujeto pasivo” por defecto. Esa mención solo corresponde cuando el mecanismo resulta aplicable a la operación concreta.
¿Qué documentación protege el criterio aplicado?
La factura no demuestra por sí sola que una exportación ocurrió o que el destinatario actuaba como empresario. Conserva la prueba que conecta el criterio fiscal con la operación real.
- Contrato, pedido y comunicaciones comerciales.
- Prueba de la condición empresarial del cliente en operaciones B2B.
- Documentos de transporte, salida e importación en ventas de bienes.
- Justificantes del impuesto liquidado en destino cuando correspondan.
- Consulta o criterio utilizado para clasificar un servicio con regla especial.
¿Qué errores frecuentes debes evitar?
- Emitir toda factura a Canarias sin IVA sin distinguir bienes y servicios.
- Aplicar IGIC desde una empresa peninsular sin revisar quién realiza la operación sujeta en Canarias.
- Tratar Canarias, Ceuta o Melilla como operaciones intracomunitarias.
- Declararlas en el Modelo 349 solo por estar fuera del territorio IVA.
- Quitar el IVA a un servicio B2C sin analizar la regla aplicable.
- Usar la inversión del sujeto pasivo como texto comodín.
- No conservar la prueba de transporte y exportación de los bienes.
¿Cómo revisa Billeo estas operaciones?
Billeo revisa el territorio, la naturaleza de la operación, el tipo de cliente y la documentación antes de configurar una serie de facturación recurrente. El objetivo es que el criterio de la factura coincida con los libros y modelos posteriores.
| Servicio | Precio publicado | Aclaración |
|---|---|---|
| Plan autónomos | 65 €/mes más IVA para autónomos con hasta 15 facturas por trimestre | Asesor asignado; Renta anual separada |
| Plan empresas | 160 €/mes más IVA para sociedades con operativa sencilla | Contabilidad y modelos aplicables |
| Gestión de nóminas | 20 €/nómina al mes más IVA (desde 15 € por volumen) | Por empleado y mes |
| Declaración de la Renta | desde 40 € para clientes de Billeo | Servicio separado para clientes |
Para operaciones canarias también puedes usar la herramienta IVA o IGIC como orientación inicial y consultar la guía completa del IGIC.
Fuentes oficiales y metodología
Contenido revisado el 10 agosto 2026 por Alberto López, asesor fiscal de billeo. Se han separado bienes y servicios y se han evitado reglas universales que no contempla la normativa.
- AEAT: territorio en el que se aplica el IVA
- AEAT: importaciones y exportaciones
- AEAT: prestaciones de servicios
- AEAT: Ceuta y Melilla
- ATC: Impuesto General Indirecto Canario
Si detectas una actualización o una errata, consulta la metodología editorial y política de correcciones.
FAQs frecuentes
Consultas frecuentes sobre facturación territorial
factura a Canarias sin IVA: Solo puede decidirse después de distinguir bienes, servicios, B2B, B2C y la regla de localización.
venta de bienes a Canarias: Puede constituir una exportación exenta de IVA con importación y tributación en destino.
servicios a empresa canaria: La regla general B2B suele localizar el servicio donde está establecido el destinatario.
servicios a particular canario: La regla general B2C puede mantener el IVA del prestador, salvo reglas especiales.
factura a Ceuta o Melilla: El IVA no se aplica allí; debe revisarse el IPSI y la naturaleza de la operación.
Modelo 349 Canarias: Canarias, Ceuta y Melilla no son territorio de la Comunidad a efectos del IVA.
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