TRAMITACIÓN PARA AUTÓNOMOS

    Prestación por nacimiento y cuidado de menor.

    Revisamos requisitos, documentación y calendario de disfrute antes de presentar la solicitud ante el INSS. El servicio es transaccional; la explicación legal completa está en nuestra guía actualizada.

    Respuesta directa: desde el 31 de julio de 2025 el permiso es de 19 semanas por progenitor: 6 obligatorias, 11 utilizables durante el primer año y 2 adicionales hasta que el menor cumpla 8 años. La prestación pública está exenta de IRPF.

    Revisar mi caso

    ALCANCE DEL SERVICIO

    Qué revisamos antes de tramitar.

    Alta y situación en el RETA, edad y periodos de cotización.
    Certificado o resolución de nacimiento, adopción o acogimiento.
    Distribución prevista de las semanas y posibles periodos fraccionados.
    Base reguladora orientativa y documentación que solicita el INSS.
    Compatibilidad del descanso con la actividad y comunicación de cada periodo.
    Seguimiento del expediente y respuesta a requerimientos dentro del encargo.

    ANTES DE EMPEZAR

    Documentación y fecha de inicio.

    La solicitud se prepara con la identificación, la acreditación del hecho causante y la información que corresponda al disfrute. Si vas a fraccionar periodos, cada tramo debe coordinarse conforme al procedimiento del INSS. No prometemos una fecha de resolución porque depende de la Administración y del expediente.

    GUÍA LEGAL

    Consulta requisitos, cálculo y fuentes.

    La guía canónica explica la distribución de las 19 semanas, la base reguladora, la exención de IRPF y los supuestos transitorios con enlaces al BOE, Seguridad Social y AEAT.

    Leer la guía actualizada

    PREGUNTAS FRECUENTES

    Antes de solicitar.

    Preparamos la solicitud contigo.

    Primero comprobamos requisitos y alcance. Después confirmamos por escrito la documentación y la tramitación.

    Solicitar revisión