Ley Beckham para nómadas digitales.Comprueba primero si cumples los requisitos y cuál es tu fecha límite real.
La Ley Beckham no es una tarifa automática para cualquier persona que trabaja en remoto. El artículo 93 exige residencia previa, una causa de desplazamiento admitida y documentación concreta. Revisamos tu encaje, comparamos el resultado con el IRPF ordinario y solo después planteamos el modelo 149.
Estudio de elegibilidad, comparación fiscal y tramitación con alcance y presupuesto confirmados por escrito.
Asesor sectorial
Ley Beckham · Elegibilidad
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QUÉ HAY QUE COMPROBAR
La decisión fiscal antes de presentar el modelo 149.
El tipo del 24 % es solo una pieza. La elegibilidad y la clasificación de las rentas determinan si el régimen encaja.
Residencia anterior
Comprobamos que no hayas sido residente fiscal en España durante los cinco períodos impositivos anteriores al desplazamiento y qué prueba documental existe.
Causa de desplazamiento
Identificamos si el traslado deriva de trabajo, teletrabajo, administración, actividad emprendedora u otra vía prevista por la norma. No todas las relaciones profesionales sirven.
Comparación de escenarios
Contrastamos régimen especial e IRPF ordinario con las rentas conocidas. No prometemos un ahorro estándar porque el resultado depende de cada patrimonio e ingreso.
Modelo 149
Calculamos el plazo desde el inicio de actividad que figure en Seguridad Social o documento equivalente y preparamos la comunicación con sus justificantes.
Modelo 151
Si el régimen resulta aplicable, la declaración anual se realiza mediante el modelo 151. Su preparación y precio se confirman dentro del alcance del servicio.
Cambios y exclusión
Revisamos cambios de actividad, relación laboral o residencia que puedan exigir comunicar renuncia, exclusión o fin del desplazamiento.
ERRORES FRECUENTES
Lo que no debe darse por supuesto.
‘Tengo visa, por tanto cumplo’
La autorización de residencia y la opción fiscal son procedimientos distintos. La visa no sustituye el análisis del artículo 93.
‘Toda mi renta paga el 24 %’
La escala y el tratamiento dependen de la clase y fuente de cada renta. Dividendos, intereses y ganancias tienen reglas diferentes.
‘El plazo empieza al entrar en España’
La referencia general del modelo 149 es el inicio de actividad de Seguridad Social o documentación equivalente, no una fecha elegida de forma genérica.
PROCESO
De la consulta a una decisión documentada.
01
Recogida de documentos
Reunimos fechas, certificados de residencia, contrato o relación profesional, alta de Seguridad Social, rentas y situación familiar relevante.
02
Informe de encaje
Confirmamos si existe una vía razonable, la fecha límite y qué trabajos hacen falta. Recibes alcance y presupuesto antes de tramitar.
03
Presentación y seguimiento
Con la contratación aceptada, preparamos la documentación y modelos incluidos y registramos los cambios que deban comunicarse.
¿INDECISO?
Te lo decimos en 5 minutos.
Cuéntanos tu caso. Si no somos los ideales para ti, te orientamos hacia el gestor que sí lo sea.
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PREGUNTAS FRECUENTES
Resolvemos tus dudas.
FUENTES OFICIALES CONSULTADAS
Contenido contrastado con el artículo 93 de la Ley del IRPF, la información de la AEAT sobre el modelo 149 y el procedimiento del modelo 151. Última revisión: 30 de agosto de 2026.
Contacto
Comprueba tu encaje en la Ley Beckham antes de que venza el plazo.
Cuéntanos tu situación y el equipo revisará el siguiente paso contigo.
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