PUNTO DE ATENCIÓN CERTIFICADO Y COLABORADOR SOCIAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA (AEAT)
Fiscalidad de los NFTs para autónomos y creadores en España (2026)
La AEAT ya tiene criterio sobre NFTs. Si los creas y vendes como artista autónomo tributan como actividad económica. Si los compras y vendes como inversión, son ganancias patrimoniales. Los royalties también se declaran.
Respuesta directa
Sí, los NFTs tributan en España. Los artistas autónomos los declaran como actividad económica en IRPF. Los inversores particulares como ganancia patrimonial (19-28%). Los royalties de reventa como rendimiento del capital mobiliario. La prescripción es de 4 años.
Perfiles
¿Quién tributa por NFTs y en qué concepto?
Clave DGT: La consulta vinculante V2631-22 de la DGT establece que los NFTs son bienes inmateriales. Su transmisión genera renta sujeta a IRPF independientemente de si la venta se produjo en crypto o en euros.
IRPF
IRPF: tipos aplicables y cálculo de la base
| Ganancia patrimonial | Tipo IRPF |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| 6.000 € – 50.000 € | 21% |
| 50.000 € – 200.000 € | 23% |
| 200.000 € – 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 28% |
Fuente: Ley 35/2006 IRPF · AEAT 2026
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