
Daniel Perla · Co-fundador de Billeo
Retención de IRPF: cuándo y cuánto aplicar en 2026.
El 7% para nuevos autónomos · El 15% general · Obligaciones del emisor y receptor.
En 2026, los autónomos profesionales en España deben aplicar un 15% de retención de IRPF general (o un 7% reducido los 3 primeros años) en facturas a empresas.

Alberto López · Asesor fiscal: "Esta guía se ha revisado para reflejar las condiciones y criterios fiscales vigentes."
IRPF Facturas 2026
Porcentajes oficiales AEAT
- Retención general autónomos15% de la base imponible
- Retención reducida de alta7% (año de alta + 2 siguientes)
- Destinatario particular (B2C)0% (sin retención en factura)
- Obligación de retenerSolo actividades profesionales (IAE sec. 2 y 3)
REFERENCIA LEGAL
Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas · 2026
7%
Retención de IRPF para nuevos autónomos
15%
Retención general de IRPF en España
0%
Retención en facturas a clientes particulares
INTRODUCCIÓN Y RESPUESTA RÁPIDA
Respuesta directa: El 7% para nuevos autónomos · El 15% general · Obligaciones del emisor y receptor.
En esta guía de Billeo analizamos de forma detallada y práctica todo lo relativo a factura con retención de irpf 2026: ¿7% o 15%? | billeo, aportando ejemplos de facturación y deducciones aplicables.
ÍNDICE
Cuándo debes aplicar retención de IRPF en tu factura
La aplicación de la retención de IRPF depende exclusivamente del **destinatario de la factura** y de tu **epígrafe IAE**:
- Factura a empresas o autónomos: Es obligatorio aplicar retención en la factura si tu cliente es una sociedad o un profesional autónomo residente en España.
- Factura a clientes particulares (B2C): Nunca debes aplicar retención si el destinatario es un consumidor final particular.
- Factura a clientes extranjeros: Las operaciones internacionales (empresas de la UE o fuera de ella) se emiten sin retención de IRPF.
- Tipo de actividad: Solo retienen las actividades profesionales (Sección 2 y 3 del IAE). Las actividades puramente empresariales o comerciales (Sección 1) no aplican retención.
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Consultar ahora con Billeo →Diferencia de porcentajes: ¿Cuándo aplicar el 7% y cuándo el 15%?
El tipo de retención general aplicable es del **15%**. Sin embargo, la ley ofrece un incentivo de liquidez para los nuevos autónomos:
- El 7% de IRPF reducido: Puedes aplicarlo durante el año en que te das de alta de autónomo profesional y los dos ejercicios fiscales siguientes, siempre que no hayas estado de alta en una actividad profesional en los 12 meses anteriores.
- El 15% de IRPF general: Se aplica por defecto al expirar el plazo del 7% o si reanudas la actividad profesional habiendo ejercido recientemente.
Aplicar el 7% te da más liquidez mensual (cobras más neto por factura), pero debes vigilar tu Renta anual, ya que si tus ingresos globales son altos, la liquidación de la Renta podría salirte a pagar.
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Consultar ahora con Billeo →Quién ingresa la retención en la Agencia Tributaria
Es muy importante entender que el dinero de la retención no te lo quedas tú ni lo ingresas tú en Hacienda. El obligado legal es tu **cliente**. Al pagar tu factura, el cliente retiene ese importe (7% o 15%) y tiene la obligación de ingresarlo en la AEAT en tu nombre al final del trimestre mediante el modelo 111.
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Consultar ahora con Billeo →FAQs frecuentes
Factura con retencion irpf 2026 · AEAT
comunicacion de retencion del 7 por ciento a clientes: Es obligatorio que el autónomo entregue un documento firmado declarando que cumple los requisitos para aplicar el tipo reducido.
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DECLARACIÓN DE LA RENTA
Revisa el borrador antes de confirmarlo.
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- Ingresos y retenciones
- Deducciones justificables
- Presentación o rectificación