
Daniel Perla · Director Fiscal Billeo
Epígrafe IAE Repartidores y Transportistas a Domicilio.
Última actualización: julio 2026 | Revisado por el equipo de Billeo. Tiempo de lectura: 18 min
Aprende todo sobre el epígrafe IAE de Repartidores y Transportistas a Domicilio en 2026: códigos numéricos, equivalencias de CNAE en Seguridad Social y cómo darte de alta de forma telemática sin cometer errores.

Daniel Perla · Asesor Senior: "Hola, he preparado esta guía con las particularidades fiscales vigentes para que evites errores censales y optimices tus impuestos."
IAE Repartidores y Transportistas a Domicilio
Ficha técnica 2026
- Epígrafe IAE sugerido722
- Código CNAE asociado5320
- Tipo de actividadSección profesional / mixta
- Retención IRPF (B2B)15% general (7% nuevos)
- Tipo general de IVA21% (ver excepciones)
- Modelos trimestrales303, 130 (según ingresos)
REFERENCIA LEGAL
Clasificación oficial adaptada para el colectivo de Repartidores y Transportistas a Domicilio en julio de 2026.
IAE 722
Código Hacienda
CNAE 5320
Código Seguridad Social
100%
Coherencia de Datos
0€
Gestión en Billeo
INTRODUCCIÓN Y RESPUESTA RÁPIDA
Respuesta directa: Última actualización: julio 2026 | Revisado por el equipo de Billeo. Tiempo de lectura: 18 min
En esta guía de Billeo analizamos de forma detallada y práctica todo lo relativo a epígrafe iae de repartidores y transportistas a domicilio en 2026: guía completa, aportando ejemplos de facturación y deducciones aplicables.
Evita sanciones y errores fiscales delegando tu contabilidad en una gestoría experta. En Billeo gestionamos autónomos (59€/mes) y sociedades SL (150€/mes) con asesores dedicados y tecnología propia.
ÍNDICE
¿Qué es el epígrafe IAE y cuál corresponde a los Repartidores y Transportistas a Domicilio?
Respuesta directa: El epígrafe IAE recomendado para Repartidores y Transportistas a Domicilio en 2026 es el código 722 (Sección Profesional/Empresarial). Este código clasifica tu actividad económica en la Agencia Tributaria y determina si debes emitir facturas con retenciones de IRPF o si estás sujeto al régimen de IVA general.
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) agrupa a los profesionales autónomos según su nivel y naturaleza técnica. Las personas físicas que ejercen como repartidor en julio de 2026 están exentas del pago del tributo (siempre que facturen menos de un millón de euros), pero deben declarar el epígrafe de alta.
Seleccionar la rúbrica IAE 722 le indica a la Agencia Tributaria que tus rendimientos provienen de servicios profesionales directos, lo que te exime de la presentación obligatoria del modelo 130 de IRPF trimestral si realizas retención en más del 70% de tus facturas a clientes empresariales.
¿Cuál es el código CNAE asociado en la Seguridad Social?
Aunque pertenecen a censos diferentes, el CNAE y el IAE deben mantener una coherencia conceptual absoluta. Para los Repartidores y Transportistas a Domicilio autónomos en 2026, el código CNAE homologado es el 5320.
| Código IAE (Hacienda) | Código CNAE (Seguridad Social) | Relación de Coherencia |
|---|---|---|
| IAE 722 | CNAE 5320 | Ambos se refieren a actividades profesionales de Repartidores y Transportistas a Domicilio |
| Exento de pago directo | Determina el encuadramiento en el RETA | Hacienda e INE cruzan estos datos para estadísticas y prevención de fraude |
El código CNAE se introduce al formalizar tu alta de autónomo ante la Tesorería de la Seguridad Social. Es meramente estadístico, pero es fundamental para la cobertura de accidentes y el acceso a subvenciones como el Kit Digital en 2026.
¿Cómo darte de alta paso a paso en julio de 2026?
El proceso de alta telemática unificada en España para un repartidor autónomo se realiza siguiendo este itinerario:
- Obtén tu Certificado Digital o Clave PIN: Indispensable para realizar los trámites con las administraciones estatales de forma segura.
- Presenta el Modelo 036 o 037 en Hacienda: Declara tu actividad económica real, el domicilio fiscal y añade el epígrafe IAE 722.
- Afíliate al RETA en la Seguridad Social: Introduce tu CNAE 5320 y estima tus rendimientos netos mensuales para calcular tu cuota RETA definitiva en 2026.
- Contrata tu seguro de Responsabilidad Civil: Altamente recomendado para proteger tu patrimonio ante reclamaciones de clientes.
¿Qué gastos puedes deducir en tu RETA en 2026?
Maximizar las deducciones permitidas por tu epígrafe es la mejor forma de optimizar impuestos legalmente. Si eres repartidor autónomo, puedes deducir:
- Carburante diario y mantenimiento del vehículo (furgoneta, moto o bicicleta).
- Mochila térmica homologada y soportes para teléfonos móviles de alta resistencia.
- Teléfono móvil inteligente y tarifa de datos de alta capacidad necesaria en 2026.
- Ropa de trabajo técnica reflectante, cascos y protecciones de seguridad vial.
- Seguro obligatorio de vehículos y seguro de RC para reparto a domicilio.
- Tasas e impuestos de circulación del vehículo afecto a la actividad.
- Software de navegación y optimización de rutas profesionales.
Conserva siempre facturas nominativas detalladas en lugar de tickets simplificados, ya que es el único justificante válido ante una posible inspección de la Agencia Tributaria en julio de 2026.
¿Cómo tributan el IVA y el IRPF para los Repartidores y Transportistas a Domicilio?
La fiscalidad directa en tu profesión en España se resume en dos impuestos fundamentales:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): No, los servicios de reparto a domicilio y transporte por carretera tributan al 21% de IVA en 2026.
- Impuesto sobre la Renta (IRPF): Si facturas a empresas o profesionales en España, retienes el 15% (7% los primeros 3 años) en la factura, lo que te evita tener que adelantar impuestos cada trimestre.
- Modelo 130: Si tus clientes son particulares (sin retención en factura), deberás presentar el modelo 130 cada trimestre abonando a Hacienda el 20% de tus beneficios netos acumulados.
En resumen: Darse de alta en el epígrafe IAE 722 y asociar el CNAE 5320 es el camino correcto para el colectivo de Repartidores y Transportistas a Domicilio en julio de 2026. Te permite facturar legalmente, desgravar tus gastos clave y mantener un control fiscal óptimo ante Hacienda y Seguridad Social.
FAQs frecuentes
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