Cliente
Empresa o particular, país y prueba de su condición fiscal.
PUNTO DE ATENCIÓN CERTIFICADO Y COLABORADOR SOCIAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA (AEAT)
Facturar fuera de las fronteras españolas requiere conocer las reglas del IVA intracomunitario y las exportaciones. Un error en la factura puede suponer sanciones de Hacienda.

Carlos Gahete
Soporte Fiscal · 8 min · Actualizado: 10 sep 2026
Servicios Internacionales
Inversión Sujeto Pasivo
Tipo de cliente vs IVA
Guía completa
El IVA no se cobra por sistema cuando vendes fuera de España. Todo depende de quién sea tu cliente y dónde esté ubicado.
| Tipo de Cliente | IVA aplicable | Clave Legal |
|---|---|---|
| Empresa UE | Depende del NIF-IVA y la operación | Revisar localización e inversión del sujeto pasivo |
| Particular UE | Depende del bien o servicio | Revisar umbral único, OSS y reglas especiales |
| Empresa no UE | Depende de la localización | No todo servicio se trata como exportación |
| Particular no UE | Depende de la operación | Aplican reglas generales y especiales |
Cuando facturas a otra empresa de la UE registrada en el ROI, tú emites la factura sin IVA. La ley establece que es el cliente quien debe declarar ese IVA en su país (esto se llama inversión del sujeto pasivo). Es obligatorio incluir el texto: "Operation subject to the reverse charge mechanism".
Muy Importante: VIES
Antes de emitir una factura sin IVA a una empresa de la UE, comprueba siempre en el censo VIES que el NIF de tu cliente es válido. Si no lo es, debes cobrarle el 21% de IVA español obligatoriamente.
Puedes emitir la factura en el idioma que quieras, pero recuerda que para Hacienda española el idioma oficial es el castellano. Se recomienda usar facturas bilingües. Si cobras en dólares u otra divisa, debes indicar en la factura el tipo de cambio utilizado y el contravalor en euros.
Vender fuera tiene "papeleo" extra:
Dudas frecuentes
Gestionamos tu alta en el ROI y el Modelo 349 para que vendas en todo el mundo con total tranquilidad fiscal.
Operaciones internacionales · revisado 10 septiembre 2026
Cuando no basta con saber el país: hay que identificar si el cliente es empresa o particular, dónde se localiza el servicio, si existe NIF-IVA válido y qué declaraciones acompañan a la factura. UE y fuera de la UE no son reglas automáticas de «con IVA» o «sin IVA».
Empresa o particular, país y prueba de su condición fiscal.
Servicio o bien, lugar de realización y posibles reglas especiales.
ROI/VIES, modelo 349, OSS o aduana cuando corresponda.
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Conserva datos fiscales del cliente, contrato o pedido, prueba del servicio o transporte, NIF-IVA cuando proceda y justificante de pago. La factura debe reflejar numeración, fecha, partes, concepto, base, moneda y tratamiento fiscal correcto. Verifica país, B2B o B2C, localización, IVA, inversión del sujeto pasivo y modelos informativos.