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    AEAT · Modelo 184

    Modelo 184: Atribución de rentas para entidades sin personalidad

    El Modelo 184 es la declaración informativa anual que deben presentar las entidades en régimen de atribución de rentas: comunidades de bienes, sociedades civiles sin objeto mercantil, herencias yacentes y entidades similares sin personalidad jurídica propia. Billeo calcula y presenta el Modelo 184 por ti automáticamente antes del plazo.

    Comunidades de bienes (CB) con actividad económica
    Sociedades civiles sin objeto mercantil (las que tienen objeto mercantil tributan por Sociedades)
    Herencias yacentes y comunidades de propietarios con actividad económica
    5,0 · Reseñas en Google

    presentaciones/año

    T+20

    días para presentar

    300 €

    sanción mínima

    AEAT

    sede electrónica

    Definición

    ¿Qué es el Modelo 184?

    El Modelo 184 (Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas) es uno de los modelos tributarios de la Agencia Tributaria que más impacta a autónomos y empresas en España. El Modelo 184 es la declaración informativa anual que deben presentar las entidades en régimen de atribución de rentas: comunidades de bienes, sociedades civiles sin objeto mercantil, herencias yacentes y entidades similares sin personalidad jurídica propia. Su función es desglosar los rendimientos obtenidos por la entidad y atribuirlos proporcionalmente a cada uno de los comuneros o socios, que luego los integran en su propio IRPF. En Billeo lo presentamos por ti con los datos reales de tu facturación, sin recargos ni sorpresas.

    ¿Quién debe presentar el Modelo 184?

    • Comunidades de bienes (CB) con actividad económica
    • Sociedades civiles sin objeto mercantil (las que tienen objeto mercantil tributan por Sociedades)
    • Herencias yacentes y comunidades de propietarios con actividad económica
    • Entidades extranjeras en régimen de atribución según su normativa

    ¿Quién no lo presenta?

    • Comunidades de propietarios sin actividad económica (régimen normal de viviendas)
    • Sociedades civiles con objeto mercantil (Modelo 200 IS)
    • Personas físicas individuales (Modelo 100 IRPF)

    Calendario

    Plazos del Modelo 184 en 2026

    El Modelo 184 se presenta anualmente. Aquí tienes todas las fechas límite del ejercicio 2026.

    MAR
    31

    2026

    01 · Plazo

    Ejercicio 2025

    Anual, hasta el último día de marzo

    Qué es el Modelo 184 y el régimen de atribución de rentas

    El Modelo 184 es la declaración informativa anual para entidades en régimen de atribución de rentas. Este régimen aplica a entidades sin personalidad jurídica propia que realizan actividad económica: comunidades de bienes (CB), sociedades civiles sin objeto mercantil, herencias yacentes con actividad.

    A diferencia de las sociedades mercantiles (que tributan ellas mismas por el Impuesto sobre Sociedades), las entidades en atribución NO pagan impuestos como entidad. Los rendimientos se atribuyen proporcionalmente a cada socio o comunero según su porcentaje de participación, y cada socio los integra en su propio IRPF (o IS si el socio es una sociedad).

    El Modelo 184 es informativo, no de liquidación: no se ingresa nada con él. Su función es comunicar a Hacienda quiénes son los socios, qué porcentaje tiene cada uno y cuánto se le atribuye. Después cada socio paga en su Renta personal.

    Quién está obligado al Modelo 184 en 2026

    • Comunidades de bienes (CB) con actividad económica: el caso más común. Dos o más personas comparten la propiedad de un negocio sin constituir sociedad.
    • Sociedades civiles sin objeto mercantil: típicamente despachos profesionales (abogados, arquitectos) que ejercen colectivamente sin SL.
    • Herencias yacentes con actividad: cuando una persona fallece y sus herederos continúan temporalmente la actividad del causante.
    • Entidades extranjeras en atribución: equivalentes extranjeros (partnerships UK, GbR alemanes, etc.) que operan en España.

    Importante: las sociedades civiles CON objeto mercantil (que tributan por Sociedades desde 2016) NO presentan Modelo 184. Presentan Modelo 200 como cualquier sociedad. La diferencia es si el objeto social es mercantil (industrial, comercial) o no (profesional libre).

    Cómo se calcula la atribución de rentas a cada socio

    La atribución se calcula según los pactos del contrato de constitución de la CB o sociedad civil. Si no hay pacto expreso, se atribuye proporcionalmente al porcentaje de participación.

    1. Determinar el rendimiento neto del ejercicio: ingresos totales − gastos deducibles. La entidad lleva contabilidad como cualquier autónomo en estimación directa.
    2. Aplicar el porcentaje pactado a cada socio: si pactado 50-50%, cada uno recibe el 50% del rendimiento neto.
    3. Cada socio integra su parte en su Renta personal: como rendimiento de actividad económica (casilla 0150 del Modelo 100).
    4. Si la entidad ha pagado retenciones o anticipado IRPF: cada socio se descuenta su parte proporcional como pagos a cuenta en su Renta.

    Cómo afecta la atribución a la Renta personal de cada socio

    Cada socio recibe de la entidad un certificado de atribución antes del 1 de marzo con su parte atribuida. Lo incluye en su Modelo 100 como rendimiento de actividad económica, sumándolo a otros rendimientos (trabajo, capital, etc.) y aplicando los tramos del IRPF correspondientes.

    • Tributación según escala IRPF personal: cada socio tributa según su tramo (19% a 47%). Si tiene otros ingresos, suben el marginal.
    • Mínimo personal y familiar: aplicable como en cualquier autónomo (5.550€ contribuyente + hijos + ascendientes).
    • Deducciones del socio: aplicables sus propias deducciones autonómicas y estatales.
    • Régimen RETA: cada socio cotiza individualmente al RETA como autónomo (no la CB).

    Long-tail

    Modelo 184 · Preguntas de cola larga que también respondemos

    Modelo 184 comunidad bienes contabilidad obligatoria

    Las CB con actividad económica deben llevar contabilidad como cualquier autónomo en estimación directa: libros de ingresos, gastos, bienes inversión y provisiones. Es la base del Modelo 184 anual.

    Modelo 184 sociedad civil objeto mercantil 2016

    Las sociedades civiles con objeto mercantil tributan por IS (Modelo 200), NO por atribución. Solo las sin objeto mercantil (despachos profesionales, etc.) presentan Modelo 184.

    Modelo 184 plazo marzo 31 atribucion anual

    Plazo único anual: del 1 al 31 de marzo del año siguiente. Antes que la Renta de los socios (abril-junio) para que puedan incluir su parte atribuida correctamente.

    Modelo 184 certificado atribucion socios entregar 1 marzo

    Antes del 1 de marzo, la entidad debe entregar a cada socio su certificado de atribución con la parte que le corresponde. Sin certificado, el socio no puede hacer correctamente su Renta personal.

    Modelo 184 herencia yacente actividad fallecido

    Si una persona fallece y sus herederos continúan temporalmente la actividad antes de aceptar herencia o liquidarla, la herencia yacente es entidad en atribución. Presenta Modelo 184 hasta que se resuelva la titularidad.

    Modelo 184 retenciones soportadas atribuir socios IRPF

    Si la CB ha pagado retenciones o anticipos IRPF durante el año (Modelo 130 propio), cada socio se descuenta su parte proporcional como pagos a cuenta en su Modelo 100 personal.

    Modelo 184 en cifras

    Atribución de rentas, transparencia entre socios.

    El Modelo 184 reparte los rendimientos de comunidades de bienes y sociedades civiles entre sus socios para que cada uno tribute en su propio IRPF. La entidad no paga impuestos, los socios sí.

    Fecha límite anual

    31 marzo

    El Modelo 184 se presenta durante todo marzo del año siguiente al ejercicio. Plazo anual único hasta el 31 de marzo, antes de que los socios hagan su Renta entre abril y junio.

    Entidades en atribución

    Comunidades de bienes (CB)Sí, con actividad
    Sociedades civiles sin objeto mercantil
    Herencias yacentes con actividad
    Sociedades civiles con objeto mercantilNo (Modelo 200)

    Calendario fiscal de entidades en atribución de rentas.

    31 marzo · Modelo 184 anualMes 3
    30 junio · Renta sociosMes 6

    Presentación

    Cómo presentar el Modelo 184 paso a paso

    Telemáticamente en la Sede Electrónica de la AEAT con certificado digital del representante de la entidad. Cada socio o comunero recibe su parte atribuida por escrito antes del 1 de marzo para que pueda incluirla en su propio Modelo 100 (Renta) entre abril y junio.

    Para presentar el Modelo 184 necesitas identificarte en la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Si el Modelo 184 resulta a ingresar, puedes domiciliar el pago o hacerlo mediante NRC bancario.

    Sede Electrónica de la AEAT
    01

    Reúne tus facturas

    Emitidas y recibidas del período correspondiente al Modelo 184

    02

    Calcula el resultado

    Diferencia entre IVA/IRPF repercutido y soportado o retenido

    03

    Accede a la AEAT

    Sede electrónica con certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN

    04

    Presenta y conserva justificante

    El NRC o CSV del Modelo 184 es tu prueba de presentación

    Importante

    Sanciones por no presentar el Modelo 184

    Sanción por dato omitido: 20€ por registro, mínimo 300€, máximo 20.000€. Por presentación fuera de plazo voluntaria: 150€ mínimo. Si la atribución a los socios es incorrecta y estos declaran menos en su IRPF, sanción adicional aplicable a la entidad.

    Consejo de experto

    El error más común con el Modelo 184 es no entregar a cada socio su certificado individual de atribución antes del 1 de marzo. Sin ese certificado, el socio no puede incluir correctamente su parte en su Modelo 100, y luego puede haber discrepancias entre lo que declara la entidad (Modelo 184) y lo que declaran los socios (Modelo 100). La regla práctica: en febrero, cerrar el ejercicio de la CB/sociedad civil, calcular la atribución exacta y entregar certificado a cada socio. Sin esto, todo el sistema falla.

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    FAQ

    Preguntas frecuentes sobre el Modelo 184

    Resolvemos las dudas más frecuentes sobre el Modelo 184 que nos llegan cada día en Billeo de autónomos y empresas.

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