Teletrabajo en España: obligaciones y compensación de gastos 2026

    Si tienes empleados trabajando a distancia más del 30% de su tiempo, estás sujeto a la Ley 10/2021. No basta con darles un portátil; existen gastos y derechos digitales que debes cubrir por ley.

    Carlos Gahete

    Carlos Gahete

    Socio Laboral · 9 min de lectura

    El teletrabajo ha pasado de ser un beneficio excepcional a una modalidad regulada con rigor. La "Ley de Teletrabajo" en España protege al empleado de los costes ocultos de trabajar desde casa.

    ¿Qué obligaciones tiene el empleador (autónomo o SL)?

    No vale con un acuerdo verbal. Ante una inspección de trabajo, debes demostrar que:

    • Existe un acuerdo escrito firmado por ambas partes.
    • El trabajador tiene los mismos derechos que si estuviera en la oficina (promoción, formación y sueldo).
    • Se garantiza la desconexión digital: no puedes enviar emails o whatsapps fuera de su horario laboral.
    • Has evaluado los riesgos laborales de su puesto en casa (ergonomía de la silla, iluminación).

    ¿Hay que pagar el ADSL o la luz del teletrabajador?

    La respuesta corta es . La ley dice que el teletrabajo debe ser "sufragado o compensado por la empresa y no podrá suponer la asunción por el trabajador de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral".

    Lo habitual es pactar un "Plus Teletrabajo" mensual (ej: entre 25€ y 60€) que cubra el desgaste de equipos, internet y una parte proporcional de electricidad.

    Dato Clave: Tratamiento Fiscal

    La compensación de gastos de teletrabajo es un concepto salarial y, por tanto, cotiza a la Seguridad Social. No se puede dar en "dinero B" ni considerarlo un regalo exento.

    ¿Cuándo es obligatorio el acuerdo escrito?

    Es obligatorio siempre que el trabajador preste sus servicios a distancia durante un 30% de su jornada en un periodo de 3 meses. Si el trabajador solo viene a la oficina un día a la semana, ya supera ese 30% y necesitas el documento oficial.

    Riesgos y Sanciones por incumplimiento

    La Inspección de Trabajo está vigilando especialmente dos puntos: el control horario (los teletrabajadores también deben fichar) y la firma de los acuerdos. Las multas por infracciones graves pueden ir de 751€ a 7.500€.

    Preguntas frecuentes

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