REDEME · IVA MENSUAL · 2026
    Daniel Perla · Co-fundador de Billeo

    Daniel Perla · Co-fundador de Billeo

    Última actualización: 21 junio 2026|Revisión fiscal: Alberto López

    Régimen REDEME: IVA mensual en 2026.

    Recupera tu IVA mes a mes · Requisitos de inscripción · Sistema SII obligado.

    Si tu actividad genera saldos de IVA a tu favor de manera constante, el REDEME (Régimen de Devolución Mensual) te permite solicitar el reembolso cada mes en lugar de esperar al cierre del año fiscal.

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    Alberto López · Asesor fiscal: "Esta guía se ha revisado para reflejar las condiciones y criterios fiscales vigentes."

    Régimen REDEME 2026

    Devolución Mensual de IVA

    • Plazo de devoluciónMensual (modelo 303)
    • Obligación SIISí (registro de facturas en 4 días)
    • Modelo de inscripciónModelo 036
    • Ventaja principalOptimización de liquidez
    • Gestoría fiscal BilleoDesde 65€/mes más IVA para autónomos con hasta 15 facturas al mes

    REFERENCIA LEGAL

    Art. 116 LIVA · Real Decreto 596/2016 · 2026

    30 días

    Plazo de Hacienda para devolver el IVA mensual

    4 días

    Plazo máximo para subir facturas al SII

    100%

    Orientado a exportadores y grandes inversores

    80€/mes

    Gestoría con asesores dedicados

    INTRODUCCIÓN Y RESPUESTA RÁPIDA

    Respuesta directa: Recupera tu IVA mes a mes · Requisitos de inscripción · Sistema SII obligado.

    En esta guía de Billeo analizamos de forma detallada y práctica todo lo relativo a redeme 2026: régimen de devolución mensual del iva para autónomos, aportando ejemplos de facturación y deducciones aplicables.

    Guía principalNovedades IVA 2026: lo que cambia para pymesCentro temáticoIVA y facturación

    Qué es el REDEME y cómo funciona para autónomos en 2026

    El Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME) es un sistema voluntario gestionado por la Agencia Tributaria que permite a autónomos y empresas solicitar la devolución del IVA soportado al término de cada mes natural.

    En el régimen general de IVA, si un autónomo acumula más IVA soportado (gastos) que repercutido (ingresos), solo puede solicitar la devolución física de ese dinero en la última declaración del año (el modelo 303 del cuarto trimestre, que se presenta en enero). Esto supone que Hacienda retiene tu dinero durante todo el año, afectando gravemente a tu liquidez.

    Al inscribirte en el REDEME, presentas el Modelo 303 de forma mensual y solicitas la devolución de tu saldo acumulado al final de cada mes. Hacienda realiza la devolución en un plazo aproximado de un mes tras la presentación.

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    Ventajas financieras del IVA mensual

    La principal ventaja del REDEME es la **liquidez inmediata**. En lugar de financiar a la Agencia Tributaria prestando tu dinero sin intereses durante hasta 12 meses, recibes el reembolso en tu cuenta bancaria de forma recurrente.

    Esto es especialmente crítico en 2026 para negocios que:

    • Realizan exportaciones o entregas intracomunitarias (exentas de IVA, pero soportando IVA en las compras de insumos).
    • Negocios en fase de lanzamiento o expansión con altas inversiones iniciales (compra de maquinaria, reformas de locales, desarrollo de software).
    • Prestadores de servicios sujetos a tipos reducidos de IVA (como el 4% o el 10%) pero que compran materias primas al 21%.

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    Requisitos de inscripción y plazos en 2026

    Para poder acogerse al REDEME, los autónomos y sociedades deben cumplir las siguientes condiciones:

    1. Solicitar la inscripción a través de la declaración censal (Modelo 036). La solicitud debe realizarse generalmente en el mes de noviembre anterior al año en que deba surtir efecto, o en el momento del alta de la actividad.
    2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda y la Seguridad Social.
    3. No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado de IVA (módulos).
    4. Permanecer en el régimen durante al menos el año natural para el que se solicitó la inscripción.

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    La obligación del SII (Suministro Inmediato de Información)

    La contrapartida al beneficio del REDEME es el nivel de exigencia administrativa. Inscribirse en el REDEME obliga automáticamente al autónomo a integrarse en el **SII (Suministro Inmedias de Información) de la AEAT**.

    El SII consiste en llevar los libros de registro del IVA a través de la Sede Electrónica de Hacienda en tiempo cuasi real. Esto exige que:

    • Las facturas emitidas deben subirse a la plataforma de Hacienda en un plazo máximo de 4 días naturales desde su expedición.
    • Las facturas recibidas deben subirse en un plazo de 4 días naturales desde la fecha de su registro contable.
    • Cualquier retraso en el envío de los registros del SII conlleva sanciones económicas del 0,5% del importe de la factura omitida (con un mínimo de 150€ por trimestre).

    En Billeo automatizamos el envío de tus facturas al SII de la Agencia Tributaria para garantizar el cumplimiento de los plazos estrictos de 4 días y evitar cualquier tipo de recargo o sanción.

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    FAQs frecuentes

    REDEME 2026 · Legislación y gestión contable

    requisitos inscribir redeme 036 autónomo: Se tramita de forma telemática con certificado digital en el apartado de opciones de IVA del Modelo 036 censal.

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    DECLARACIÓN DE LA RENTA

    Revisa el borrador antes de confirmarlo.

    Indica qué tipos de renta tienes y si has recibido un requerimiento o necesitas rectificar una declaración ya presentada.

    • Ingresos y retenciones
    • Deducciones justificables
    • Presentación o rectificación

    Sin promesas automáticas: primero confirmamos documentación, alcance y precio aplicable.