
Daniel Perla · Co-fundador de Billeo
Régimen REDEME: IVA mensual en 2026.
Recupera tu IVA mes a mes · Requisitos de inscripción · Sistema SII obligado.
Si tu actividad genera saldos de IVA a tu favor de manera constante, el REDEME (Régimen de Devolución Mensual) te permite solicitar el reembolso cada mes en lugar de esperar al cierre del año fiscal.

Alberto López · Asesor fiscal: "Esta guía se ha revisado para reflejar las condiciones y criterios fiscales vigentes."
Régimen REDEME 2026
Devolución Mensual de IVA
- Plazo de devoluciónMensual (modelo 303)
- Obligación SIISí (registro de facturas en 4 días)
- Modelo de inscripciónModelo 036
- Ventaja principalOptimización de liquidez
- Gestoría fiscal BilleoDesde 65€/mes más IVA para autónomos con hasta 15 facturas al mes
REFERENCIA LEGAL
Art. 116 LIVA · Real Decreto 596/2016 · 2026
30 días
Plazo de Hacienda para devolver el IVA mensual
4 días
Plazo máximo para subir facturas al SII
100%
Orientado a exportadores y grandes inversores
80€/mes
Gestoría con asesores dedicados
INTRODUCCIÓN Y RESPUESTA RÁPIDA
Respuesta directa: Recupera tu IVA mes a mes · Requisitos de inscripción · Sistema SII obligado.
En esta guía de Billeo analizamos de forma detallada y práctica todo lo relativo a redeme 2026: régimen de devolución mensual del iva para autónomos, aportando ejemplos de facturación y deducciones aplicables.
ÍNDICE
Qué es el REDEME y cómo funciona para autónomos en 2026
El Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME) es un sistema voluntario gestionado por la Agencia Tributaria que permite a autónomos y empresas solicitar la devolución del IVA soportado al término de cada mes natural.
En el régimen general de IVA, si un autónomo acumula más IVA soportado (gastos) que repercutido (ingresos), solo puede solicitar la devolución física de ese dinero en la última declaración del año (el modelo 303 del cuarto trimestre, que se presenta en enero). Esto supone que Hacienda retiene tu dinero durante todo el año, afectando gravemente a tu liquidez.
Al inscribirte en el REDEME, presentas el Modelo 303 de forma mensual y solicitas la devolución de tu saldo acumulado al final de cada mes. Hacienda realiza la devolución en un plazo aproximado de un mes tras la presentación.
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Consultar ahora con Billeo →Ventajas financieras del IVA mensual
La principal ventaja del REDEME es la **liquidez inmediata**. En lugar de financiar a la Agencia Tributaria prestando tu dinero sin intereses durante hasta 12 meses, recibes el reembolso en tu cuenta bancaria de forma recurrente.
Esto es especialmente crítico en 2026 para negocios que:
- Realizan exportaciones o entregas intracomunitarias (exentas de IVA, pero soportando IVA en las compras de insumos).
- Negocios en fase de lanzamiento o expansión con altas inversiones iniciales (compra de maquinaria, reformas de locales, desarrollo de software).
- Prestadores de servicios sujetos a tipos reducidos de IVA (como el 4% o el 10%) pero que compran materias primas al 21%.
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Consultar ahora con Billeo →Requisitos de inscripción y plazos en 2026
Para poder acogerse al REDEME, los autónomos y sociedades deben cumplir las siguientes condiciones:
- Solicitar la inscripción a través de la declaración censal (Modelo 036). La solicitud debe realizarse generalmente en el mes de noviembre anterior al año en que deba surtir efecto, o en el momento del alta de la actividad.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda y la Seguridad Social.
- No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado de IVA (módulos).
- Permanecer en el régimen durante al menos el año natural para el que se solicitó la inscripción.
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Consultar ahora con Billeo →La obligación del SII (Suministro Inmediato de Información)
La contrapartida al beneficio del REDEME es el nivel de exigencia administrativa. Inscribirse en el REDEME obliga automáticamente al autónomo a integrarse en el **SII (Suministro Inmedias de Información) de la AEAT**.
El SII consiste en llevar los libros de registro del IVA a través de la Sede Electrónica de Hacienda en tiempo cuasi real. Esto exige que:
- Las facturas emitidas deben subirse a la plataforma de Hacienda en un plazo máximo de 4 días naturales desde su expedición.
- Las facturas recibidas deben subirse en un plazo de 4 días naturales desde la fecha de su registro contable.
- Cualquier retraso en el envío de los registros del SII conlleva sanciones económicas del 0,5% del importe de la factura omitida (con un mínimo de 150€ por trimestre).
En Billeo automatizamos el envío de tus facturas al SII de la Agencia Tributaria para garantizar el cumplimiento de los plazos estrictos de 4 días y evitar cualquier tipo de recargo o sanción.
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Consultar ahora con Billeo →FAQs frecuentes
REDEME 2026 · Legislación y gestión contable
requisitos inscribir redeme 036 autónomo: Se tramita de forma telemática con certificado digital en el apartado de opciones de IVA del Modelo 036 censal.
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DECLARACIÓN DE LA RENTA
Revisa el borrador antes de confirmarlo.
Indica qué tipos de renta tienes y si has recibido un requerimiento o necesitas rectificar una declaración ya presentada.
- Ingresos y retenciones
- Deducciones justificables
- Presentación o rectificación