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    Salud Laboral 2026

    Riesgo y bajas durante el Embarazo

    Entiende tus derechos de salud en el entorno laboral: existe una diferencia radical entre la enfermedad común regularizada en embarazo y la suspensión laboral estricta (que llega compensar el 100% de salario).

    100% base en riesgo laboral por mutua
    Sin periodo mínimo de cotización
    Protección desde la semana 22
    Asesor Billeo

    Habla con tu asesor.

    Especialista en derechos laborales

    Baja Riesgo (Mutua)100% BASE
    Cotización mínimaNO EXIGIDA
    Baja Común60-75% BASE
    Respuesta

    < 2 h

    5.0 · +100 reseñas

    Hablar por WhatsApp678 623 905

    La diferencia económica es grande

    Salvaguardar la madre hasta el nacimiento

    Toda embarazada está protegida bajo un baremo médico en España; la cuestión administrativa pasa por qué órgano tramita esa baja y bajo qué conceptos de "riesgo real de trabajo". Aquellas bajas catalogadas bajo contingencia de empresa (mutua) cobran del estado un subsidio muy superior y sin exenciones.

    No todo es "baja por embarazo". Las comunes arrancan por dolencias de tu maternidad (lumbalgias o reposo temporal), donde cobrarás porcentajes limitados del 60 y 75% posteriores, con cargo del INSS.

    Baja por Riesgo en el embarazo:

    Es una contingencia laboral, tramitada por tu mutua dado que la índole física, nociva o química de tu puesto asume un gran peligro a tus tiempos. La cuantía económica estática asegurada asciende en la totalidad al 100% íntegro de la contingencia profesional base desde el comienzo de efectos.

    "Nunca inicies la tramitación con tu médico de cabecera si corresponde con riesgos inherentes a factores mecánicos del postulado trabajo; los dictámenes no son intercambiables, acude directo a la mutua que pertenece a tu sociedad para lograr el 100% de subvención."

    Proceso simple

    Pasos hacia la solicitud

    1

    Certificación

    Determinamos mediante informes la catalogación SEGO.

    2

    Identificación Mutua

    Iniciamos el encuadre para percibir el 100% como laboral.

    3

    Resguardo

    Apertura pacífica hasta enlazarlo con el parto en SS.

    Proteger íntegramente tu salario

    ¿Hacerlo tú sola o con Billeo?

    Sin Billeo

    • Trámite de mutua que excede el tiempo real recomendado.
    • Cobrar el 60% usando contingencias comunes en vez del 100% laboral.
    • Falta de anexos médicos estandarizados SEGO.
    • Agravaciones colaterales en la empresa.

    Con Billeo

    • Diferenciación inmediata de protocolos ante el riesgo laboral.
    • Seguridad en la liquidación máxima en bases estipuladas.
    • Contacto mediador directo entre mutua colaboradora y médico INSS.
    • Orientación para que se acate a nivel administrativo de empresa.

    Dudas resueltas

    Preguntas frecuentes

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