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    Pillar · Actualizado abril 2026

    Verifactu autónomos 2027: fechas, sanciones y cómo cumplir

    El 1 de julio de 2027 todos los autónomos tendrán que emitir sus facturas con un software homologado por la AEAT. Aquí tienes el calendario, las sanciones reales, las exenciones y cómo prepararte sin sobresaltos.

    Carlos Gahete

    Carlos Gahete

    Especialista en Digitalización · 14 min de lectura

    ¿Qué es Verifactu y por qué afecta a los autónomos?

    Verifactu es el sistema de la AEAT para garantizar que las facturas que emiten autónomos y empresas son inalterables y trazables. Está regulado por el Real Decreto 1007/2023 y desarrollado en la Orden HAC/1177/2024, y obliga a que el software de facturación cumpla unos requisitos técnicos muy concretos.

    En la práctica, cada factura que emitas como autónomo deberá generar un registro firmado, encadenado a la factura anterior mediante un hash, e incluir un código QR que permita a la AEAT (o a tu cliente) verificar la factura en cuestión de segundos.

    En 1 frase

    Verifactu obliga a que tu software de facturación firme cada factura, las encadene entre sí y las pueda enviar a la AEAT. El Excel y el Word ya no valen.

    Calendario Verifactu: fechas clave para autónomos

    El Real Decreto 254/2025 retrasó las fechas iniciales y dejó este calendario definitivo:

    • 1 de enero de 2027: entran las sociedades y entidades del Impuesto de Sociedades.
    • 1 de julio de 2027: entran los autónomos personas físicas (IRPF) y resto de obligados.
    • 29 de julio de 2025: los desarrolladores de software ya deben tener sus productos adaptados.

    Esto te deja, como autónomo, hasta el 30 de junio de 2027 para haber migrado al software adecuado. Si no quieres dejarlo para el final, lo razonable es hacerlo durante 2026 o en el primer semestre de 2027.

    ¿Quién está obligado y quién queda fuera?

    Obligados:

    • Autónomos personas físicas (IRPF) y profesionales colegiados.
    • Sociedades civiles, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica que emitan facturas.
    • Sociedades limitadas y anónimas en territorio común.

    Exentos:

    • Contribuyentes incluidos en el SII (grandes empresas, grupos de IVA y los que voluntariamente envían IVA en tiempo real).
    • Autónomos y empresas en País Vasco y Navarra sometidos a TicketBAI.
    • Operaciones acogidas a regímenes especiales muy concretos (algunas operaciones documentadas con factura simplificada por TPV ya certificado).

    Ojo con esto

    Que estés en módulos no te exime: si emites facturas, también te aplica Verifactu. Solo quedan fuera los que ya están en SII o TicketBAI.

    Requisitos técnicos del software de facturación

    Para que tu programa cumpla Verifactu debe poder hacer estas cosas, mínimo:

    • Registro inalterable: cada factura genera un registro de facturación firmado electrónicamente.
    • Hash encadenado: el registro de cada factura incluye el hash de la anterior, formando una cadena imposible de alterar sin que se note.
    • Código QR en la factura: permite verificar la factura en la web de la AEAT.
    • Mención "Factura verificable" o "Verifactu": obligatoria en el documento.
    • Envío a la AEAT (modo Verifactu): opcionalmente, los registros se envían en tiempo real. Si no se envían (modo "no Verifactu"), deben quedar accesibles ante una inspección.
    • Declaración responsable del fabricante del software certificando el cumplimiento.

    Sanciones por no cumplir Verifactu

    El régimen sancionador es duro y se articula en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria. En resumen:

    • Hasta 50.000€ por ejercicio fiscal y producto para autónomos y empresas que usen software no homologado.
    • Hasta 150.000€ por ejercicio para los fabricantes o comercializadores de programas informáticos no conformes.
    • Posibilidad de publicación en la web de la AEAT de los infractores reincidentes.

    No es solo el importe: una sanción por software no homologado deja un rastro que complica futuras inspecciones, devoluciones de IVA y subvenciones públicas.

    Cómo prepararse en 2026 sin agobio

    1. Auditar tu sistema actual. Si facturas con Excel, Word o un software antiguo, tienes que cambiar. Si usas un programa moderno, pide al proveedor su declaración responsable Verifactu.
    2. Elegir un software homologado. Asegúrate de que es Verifactu compatible y que el fabricante asume mantenimiento normativo.
    3. Revisar tus plantillas de factura para incluir el QR, la mención "Factura verificable en la AEAT" y los datos correctos.
    4. Formar a tu equipo (si tienes) o a ti mismo en el nuevo flujo. La curva de aprendizaje es corta si el software es bueno.
    5. Hacer una prueba real emitiendo unas facturas en modo Verifactu antes del 1 de julio de 2027. Detectar fallos antes que la AEAT.

    Adaptación con Billeo

    Billeo cumple Verifactu desde el primer día.

    Software de facturación incluido en tu cuota de gestoría, registros firmados, QR en cada factura y un asesor fiscal por WhatsApp que te avisa de cada cambio normativo.

    Hablar con un asesor

    Preguntas frecuentes sobre Verifactu para autónomos

    ¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica de la Ley Crea y Crece?

    No. Son dos normativas distintas que pueden convivir. Verifactu regula el software que emite la factura. La Ley Crea y Crece regula el envío en formato electrónico estructurado (Facturae, UBL) entre empresas. Lo más probable es que tengas que cumplir las dos.

    ¿Puedo seguir facturando en Excel después del 1 de julio de 2027?

    No. Excel y Word no cumplen Verifactu. A partir de esa fecha, cualquier factura emitida sin un software homologado es sancionable.

    ¿Cómo sé si mi software actual cumple?

    Pídele al proveedor la declaración responsable Verifactu firmada. Si no la tienen o se hacen los suecos, asume que no cumple y empieza a buscar alternativa.

    Soy autónomo en módulos, ¿también me aplica?

    Sí. El régimen de IRPF (estimación directa, módulos, etc.) no influye. Si emites factura, te aplica.

    ¿Qué pasa si me obligan tarde a Verifactu y no sale a la primera?

    La AEAT ha comunicado que durante los primeros meses se priorizará el acompañamiento, pero el régimen sancionador entra en vigor desde el día 1. Conviene no esperar al final.