Billeo
    IRPF · BASE DEL AHORRO · ACCIONES · INMUEBLES · 2026
    Daniel Perla · Director Fiscal Billeo

    Daniel Perla · Director Fiscal Billeo

    Ganancias patrimoniales IRPF 2026.

    Venta acciones · Fondos · Piso · Tipos 19-28%.

    Guía completa sobre ganancias y pérdidas patrimoniales en el IRPF 2026: venta de acciones, fondos de inversión, ETF, vivienda habitual y otros activos. Tipos del 19% al 28%, exenciones y compensación de pérdidas.

    22 min lectura·15 mayo 2026· Datos oficiales AEAT

    19%-28%

    Tipos base del ahorro 2026

    4 años

    Arrastre de pérdidas patrimoniales

    Art. 38 LIRPF

    Exención reinversión vivienda

    59€/mes

    Gestión IRPF con Billeo

    INTRODUCCIÓN

    Las ganancias y pérdidas patrimoniales son uno de los componentes del IRPF que más confusión generan. Afectan a quien vende acciones, fondos, ETF, criptomonedas, inmuebles, obras de arte o cualquier otro activo. En 2026 los tipos oscilan entre el 19% y el 28%.

    Esta guía explica cómo calcular la ganancia o pérdida, qué exenciones existen (reinversión en vivienda habitual, mayores 65 años), cómo funciona la compensación de pérdidas, y cuál es la diferencia entre fondos de inversión y ETF a efectos fiscales. Billeo gestiona tu declaración de la renta desde 59€/mes.

    Billeo recomienda

    Evita sanciones y errores fiscales delegando tu contabilidad en una gestoría experta. En Billeo gestionamos autónomos (59€/mes) y sociedades SL (150€/mes) con asesores dedicados y tecnología propia.

    Oficina principal: Calle Adolfo Pérez Esquivel 3, Las Rozas, MadridVer servicios de gestoría

    Qué son las ganancias y pérdidas patrimoniales en el IRPF

    Las ganancias y pérdidas patrimoniales se definen en el artículo 33 de la Ley 35/2006 del IRPF como las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se ponen de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de dicho patrimonio. En términos prácticos: la diferencia entre lo que recibes al vender un activo y lo que pagaste cuando lo compraste.

    Son ganancias o pérdidas patrimoniales las derivadas de: venta de acciones y participaciones en fondos de inversión; venta de inmuebles (vivienda habitual u otras propiedades); transmisión de criptomonedas; venta de obras de arte, joyas u objetos de colección; indemnizaciones recibidas; premios de juegos no exentos; y cualquier otra transmisión de elementos patrimoniales.

    La mayoría de ganancias patrimoniales se integran en la base del ahorro del IRPF (cuando derivan de transmisiones de elementos patrimoniales), que tributa a tipos específicos inferiores a los de la base general. Las ganancias no derivadas de transmisiones (como premios) van a la base general.

    ¿Has vendido acciones, un piso o fondos en 2025?

    Billeo prepara tu declaración de la renta con todas las ganancias y pérdidas patrimoniales correctamente calculadas. Desde 59€/mes.

    Consultar gratis →

    Tipos IRPF 2026 para ganancias patrimoniales: del 19% al 28%

    Las ganancias patrimoniales de la base del ahorro tributan en 2026 a los siguientes tipos escalonados, modificados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2024 (que introdujo los tramos del 27% y 28%):

    Tramo base del ahorroTipo IRPF 2026
    Hasta 6.000€19%
    De 6.001€ a 50.000€21%
    De 50.001€ a 200.000€23%
    De 200.001€ a 300.000€27%
    Más de 300.000€28%

    Estos tipos son progresivos y por tramos: si tu ganancia total es de 100.000€, no tributas el 23% sobre los 100.000€ enteros, sino: 6.000€ al 19% = 1.140€; 44.000€ al 21% = 9.240€; 50.000€ al 23% = 11.500€. Total: 21.880€, lo que equivale a un tipo efectivo del 21,88%.

    La base del ahorro también incluye rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses), que comparten la misma escala. Las ganancias patrimoniales y los rendimientos del capital mobiliario se suman y compensan dentro de la base del ahorro.

    Cómo calcular la ganancia en la venta de acciones y fondos de inversión

    Para las acciones cotizadas, el criterio de valoración es el precio medio ponderado (promedio de todos los precios de adquisición cuando tienes varias compras de la misma acción). El valor de adquisición incluye el precio de compra más las comisiones de compra. El valor de transmisión es el precio de venta menos las comisiones de venta.

    Para los fondos de inversión, el criterio es el FIFO (First In, First Out): se consideran vendidas primero las participaciones adquiridas en primer lugar. No puede cambiarse de criterio arbitrariamente. El valor de adquisición es el precio de suscripción más comisiones, y el de transmisión es el precio de reembolso menos comisiones.

    Ejemplo práctico con acciones:

    1. Compra 100 acciones de empresa X en enero 2020 a 10€ = 1.000€ (más 5€ comisión = 1.005€ valor adquisición).
    2. Compra 100 acciones más en marzo 2021 a 15€ = 1.500€ (más 5€ comisión = 1.505€).
    3. Precio medio ponderado = (1.005 + 1.505) / 200 acciones = 12,55€/acción.
    4. Venta de 150 acciones en 2025 a 20€ = 3.000€ (menos 8€ comisión = 2.992€ valor transmisión).
    5. Valor adquisición de 150 acciones = 150 × 12,55€ = 1.882,50€.
    6. Ganancia patrimonial = 2.992€ - 1.882,50€ = 1.109,50€ → tributa al 19% en la base del ahorro.

    Fondos de inversión vs ETF: diferencia fiscal clave en 2026

    La diferencia fiscal más importante entre fondos de inversión y ETF es el tratamiento del traspaso:

    • FONDOS DE INVERSIÓN: permiten el traspaso entre fondos sin tributar en el momento. Puedes mover tu inversión de un fondo a otro sin que se genere ganancia patrimonial hasta que finalmente reembolses. Diferimiento fiscal ilimitado mientras mantengas la inversión en fondos.
    • ETF (fondos cotizados en bolsa): cada venta tributa como una acción. No existe la figura del traspaso libre de impuestos. Si vendes un ETF con ganancia, tributas en ese ejercicio, aunque reinviertas el importe en otro ETF.
    • Para inversores con horizonte largo plazo, los fondos de inversión pueden ser más eficientes fiscalmente por el efecto del diferimiento.
    • Los ETF suelen tener menores comisiones de gestión, lo que puede compensar la desventaja fiscal dependiendo del perfil del inversor.

    Si eres autónomo o empresario que invierte, también puede interesarte la fiscalidad de las criptomonedas y activos digitales en la declaración de Hacienda 2026.

    ¿Tienes dudas sobre fondos, ETF o criptomonedas en tu IRPF?

    En Billeo preparamos tu declaración con todos los activos financieros correctamente declarados. Desde 59€/mes, con asesor por WhatsApp.

    Consultar gratis →

    Gestoría fiscal IRPF Billeo

    Declaración de la renta con todas las ganancias correctas

    Billeo prepara tu declaración de la renta con las ganancias y pérdidas patrimoniales bien calculadas: acciones, fondos, inmuebles y criptomonedas. Sin errores y sin pagar de más. Desde 59€/mes.

    Regla wash-sale en España: art. 33.5 LIRPF — ventas con pérdida y recompra

    El artículo 33.5 de la Ley del IRPF establece una norma específica para evitar el aprovechamiento artificial de pérdidas patrimoniales: si vendes valores con pérdida y los vuelves a comprar en un plazo determinado, la pérdida no es deducible de forma inmediata.

    Los plazos son:

    • Valores cotizados en mercados regulados (acciones de bolsa): si compras valores homogéneos en los 2 meses anteriores o posteriores a la venta con pérdida, la pérdida no se computa hasta que vendas definitivamente sin recompra en ese plazo.
    • Valores no cotizados: el plazo es 1 año antes o después de la venta.
    • La pérdida no desaparece: se traslada al momento de la venta definitiva (se añade al valor de adquisición de los nuevos valores comprados).

    Ejemplo: vendes 100 acciones de empresa Y con pérdida de 500€ el 1 de marzo. El 15 de marzo (14 días después) compras 100 acciones de la misma empresa. La pérdida de 500€ no es deducible en el ejercicio en que se produce: se traslada a reducir el coste de adquisición de las nuevas acciones, que quedará en el precio pagado menos los 500€.

    Esta norma no se aplica si los valores son diferentes aunque similares. Si vendes acciones de Banco A y compras de Banco B, no existe la restricción.

    Venta de inmueble: cómo calcular la ganancia patrimonial en el IRPF

    La venta de un inmueble genera una ganancia o pérdida patrimonial que se incluye en la base del ahorro del IRPF. El cálculo es más complejo que el de acciones porque hay más componentes en el valor de adquisición y transmisión.

    Valor de adquisición del inmueble incluye:

    • Precio escriturado de compra.
    • IVA (vivienda nueva) o ITP (segunda mano) pagado.
    • Gastos de notaría y registro de la compra.
    • Comisiones de la agencia inmobiliaria en la compra (si aplica).
    • Gastos de tasación si fueron necesarios para la hipoteca.
    • Coste de obras de mejora (no conservación) con factura: reforma integral, instalación ascensor, etc.
    • NO se incluyen: gastos financieros de la hipoteca, cuotas de comunidad, IBI de los años de propiedad.

    Valor de transmisión incluye:

    • Precio escriturado de venta.
    • Menos: comisión de la agencia inmobiliaria pagada por el vendedor.
    • Menos: impuesto de plusvalía municipal (IIVTNU) pagado por el vendedor.
    • Menos: gastos de cancelación registral de la hipoteca si corre a cargo del vendedor.

    Ganancia = Valor transmisión - Valor adquisición. Si es positiva, tributa en la base del ahorro a los tipos del 19-28%. Si es negativa, puede compensarse con otras ganancias del ejercicio o arrastrarse 4 años.

    ¿Has vendido un inmueble en 2025? Calcula correctamente tu IRPF.

    Billeo calcula la ganancia exacta con todos los gastos correctamente incluidos. Evita pagar de más. Desde 59€/mes.

    Consultar gratis →

    Exenciones en ganancias patrimoniales: vivienda habitual y mayores de 65 años

    Exención por reinversión en vivienda habitual (art. 38 LIRPF): la ganancia patrimonial por venta de la vivienda habitual queda exenta de IRPF si el importe total obtenido se reinvierte en la adquisición de una nueva vivienda habitual. El plazo es: compra de la nueva vivienda en los 2 años anteriores a la venta o en los 4 años siguientes. Si solo se reinvierte una parte del importe, la exención es proporcional.

    La exención se aplica sobre la ganancia, no sobre el precio de venta. Si vendes por 300.000€ una vivienda que compraste por 200.000€, la ganancia es 100.000€ y puede quedar exenta si reinviertes los 300.000€ obtenidos en una nueva vivienda habitual.

    Exención para mayores de 65 años: las personas mayores de 65 años tienen dos exenciones importantes: (1) la ganancia por venta de la vivienda habitual está completamente exenta sin necesidad de reinversión; (2) la ganancia de cualquier elemento patrimonial queda exenta si el importe se destina a constituir una renta vitalicia asegurada en los 6 meses siguientes a la venta. El límite de la renta vitalicia es 240.000€ de aportación máxima.

    También existe la exención por dación en pago de la vivienda habitual para situaciones de sobreendeudamiento (DA 36ª LIRPF).

    Compensación de ganancias y pérdidas patrimoniales en el IRPF

    La compensación de ganancias y pérdidas patrimoniales funciona así en el IRPF 2026:

    1. Dentro del ejercicio: las ganancias patrimoniales de la base del ahorro (transmisiones de activos) se compensan entre sí. Si el saldo es positivo, tributa. Si es negativo, se puede compensar con rendimientos positivos del capital mobiliario de la misma base (dividendos, intereses) hasta el 25% de esos rendimientos.
    2. Si queda saldo negativo: se arrastra los 4 ejercicios siguientes para compensarlo con ganancias o rendimientos positivos del capital mobiliario (con el mismo límite del 25%).
    3. Las pérdidas de la base general (no derivadas de transmisiones, como el juego) se compensan dentro de la base general.
    4. No se pueden compensar pérdidas de la base del ahorro con rendimientos de trabajo o actividades económicas de la base general.

    Una estrategia útil de fin de año: si tienes fondos o acciones con pérdidas latentes, considera venderlos en el mismo ejercicio en que tengas grandes ganancias patrimoniales para compensar y reducir la base del ahorro. Billeo planifica esta estrategia en su servicio de cierre de ejercicio.

    Si eres autónomo con actividades económicas, consulta también nuestro servicio de gestoría fiscal para autónomos.

    FAQs frecuentes

    Sigue leyendo

    Hablamos contigo

    ¿Te ayudamos con tus gestiones?

    Te respondemos en menos de 2 horas. Sin esperas.

    ¿Empezamos?

    Si quieres darte de alta pero no sabes por dónde empezar, nosotros nos encargamos de todo.

    Compromiso Billeo

    • Alta de autónomo en 24h
    • Asesor personal experto
    • Sin letras pequeñas