Guía oficial 2026
Modelo 200. El cierre fiscal de tu sociedad.
El Modelo 200 liquida el Impuesto sobre Sociedades. Para una sociedad que cerró el 31 de diciembre de 2025, el plazo general termina el 27 de julio de 2026 y la domiciliación el día 22.
· Verificado con la campaña oficial de la AEAT
¿Qué debes saber del Modelo 200 de 2025 presentado en 2026?
Tipo general
El 25% es el tipo general, pero no el único. En el ejercicio 2025 hay tipos transitorios para microempresas y entidades de reducida dimensión; las nuevas entidades que cumplan requisitos pueden aplicar el 15%.
Plazo 2026
Del 1 al 27
de julio
Campaña general 2026 para ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2025. Domiciliación: hasta el 22 de julio.
Quién presenta
Todas las personas jurídicas residentes en España.
- Sociedades Limitadas (S.L.)
- Sociedades Anónimas (S.A.)
- Cooperativas y sociedades civiles con objeto mercantil
- Empresas inactivas o sin ingresos
200 vs 202
Anual y fraccionados. Dos citas distintas.
Declaración anual
1-27 julio de 2026 para cierre a 31/12/2025.
Pagos fraccionados
Abril, octubre y diciembre.
Presentación paso a paso
¿Cómo se prepara y presenta el Modelo 200?
01
Cierre contable
Verificar que ingresos y gastos estén correctamente contabilizados a 31 de diciembre.
02
Ajustes fiscales
Aplicar deducciones, amortizaciones y correcciones entre resultado contable y base imponible.
03
Rellenar IS
Completar balance, cuenta de pérdidas y ganancias y cuadros del Modelo 200 en Sede AEAT.
04
Presentación
Validar con certificado digital y presentar dentro del plazo: hasta el 27 de julio de 2026 en la campaña general; domiciliación, hasta el 22.
Lo que sale caro
¿Qué errores encarecen el Impuesto sobre Sociedades?
No presentar si estás inactivo
Aunque no haya ingresos ni actividad, el Modelo 200 suele seguir siendo obligatorio. La consecuencia depende de si hay cuota, requerimiento y retraso; no conviene prometer una sanción única para todos los casos.
Olvidar las bases imponibles negativas
Las pérdidas de ejercicios anteriores son un activo fiscal. Compensarlas reduce la cuota pero hay que declararlas en casillas específicas.
Confundir contable con fiscal
El resultado contable no es la base imponible. Hay ajustes obligatorios por amortizaciones, provisiones y gastos no deducibles.
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