¿Qué es el IRPF para un autónomo y cómo se diferencia de un asalariado?
El IRPF de un autónomo (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto progresivo que grava los rendimientos netos obtenidos de la actividad económica. Al darse de alta como autónomo, este impuesto sustituye al de los asalariados, requiriendo un control de ingresos y gastos.
En el asalariado, la empresa retiene mensualmente un porcentaje del salario y lo ingresa a Hacienda en su nombre. En el autónomo no hay retenedor automático: el propio autónomo es responsable de anticipar trimestralmente parte del IRPF a través del Modelo 130 (pagos fraccionados), o de sufrir retenciones del 15% en las facturas si es profesional liberal. En la declaración anual de la Renta se regulariza todo.
La base imponible del IRPF del autónomo se calcula partiendo de los ingresos brutos de la actividad, restando los gastos fiscalmente deducibles y aplicando la deducción genérica del 7% (estimación directa simplificada, máximo 2.000€/año). Sobre el rendimiento neto resultante se aplican los mínimos personales y familiares, y a la base liquidable final se aplica la escala progresiva del IRPF por tramos.
¿Cómo se calculan los tramos estatal y autonómico del IRPF en 2026?
La escala de tramos del IRPF en 2026 tiene dos componentes: el tipo estatal y el autonómico. Puedes consultar las tablas completas actualizadas en nuestra guía detallada de las tablas de IRPF 2026. Los tipos efectivos medios oscilan entre el 19% en el primer tramo y el 47% en el último.
- Hasta 12.450€: 19% efectivo (9.5% estatal + 9.5% autonómico medio)
- 12.450 – 20.200€: 24% (12% + 12%)
- 20.200 – 35.200€: 30% (15% + 15%)
- 35.200 – 60.000€: 37% (18.5% + 18.5%)
- 60.000 – 300.000€: 45% (22.5% + 22.5%)
- Más de 300.000€: 47% (24.5% + 22.5%)
Las CCAA con tipos más bajos en 2026 son Madrid, La Rioja y Andalucía (que en años recientes han reducido la parte autonómica). Las CCAA con tipos más altos son Cataluña, Asturias y Comunidad Valenciana. Las diferencias se notan especialmente en los tramos altos (a partir de 60.000€).
¿Qué gastos son deducibles en el IRPF de un autónomo en 2026?
El autónomo en estimación directa puede deducir todos los gastos necesarios para obtener los ingresos de su actividad. Cuantos más gastos deducibles correctamente justificados, menor será el rendimiento neto y por tanto menor el IRPF a pagar.
- Local de negocio: alquiler, suministros (luz, agua, internet), seguro, IBI, comunidad.
- Local en casa: porcentaje afecto a la actividad (suelen ser 20-30% según m²) sobre alquiler/hipoteca y suministros.
- Asesoría fiscal, laboral y software: 100% deducibles si están a nombre del autónomo.
- Vehículo afecto: solo si afecto exclusivamente (transportistas, taxistas, agentes comerciales); para el resto, IVA no deducible pero gasto sí en proporción.
- Dietas y manutención: hasta 26,67€/día (53,34€ en el extranjero) con justificante en establecimiento hostelería y pago electrónico.
- Material profesional, herramientas, suministros productivos: 100%.
- Formación profesional vinculada: cursos, congresos, suscripciones a publicaciones del sector.
- Cuota de autónomos al RETA: 100% deducible (uno de los gastos más importantes).
¿No sabes si un gasto es deducible o no?
Te revisamos uno a uno los gastos del año y aplicamos el criterio correcto en tu IRPF. Nuestra gestoría online Billeo parte de 65 €/mes más IVA hasta 15 facturas por trimestre; la declaración anual de la Renta se contrata aparte para clientes desde 40 €.
Hablar con un asesor →¿Qué mínimo personal y familiar se aplica en el IRPF en 2026?
Los mínimos personales y familiares son las cantidades exentas de tributación que el legislador considera necesarias para cubrir las necesidades vitales del contribuyente y su familia. Reducen la base liquidable sobre la que se aplica la escala progresiva del IRPF.
| Concepto | Cuantía 2026 |
|---|
| Mínimo del contribuyente | 5.550€ |
| + Mayor de 65 años | +1.150€ |
| + Mayor de 75 años | +1.400€ adicional |
| 1er hijo (menor de 25 o discapacitado) | 2.400€ |
| 2º hijo | 2.700€ |
| 3er hijo | 4.000€ |
| 4º y siguientes | 4.500€ |
| Hijo menor de 3 años (adicional) | +2.800€ |
| Ascendiente conviviendo >65 con rentas <8.000€ | 1.150€ |
¿Cómo se declara el IRPF con el Modelo 130 y la Renta anual?
El Modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF que el autónomo en estimación directa debe presentar 4 veces al año. Anticipa el 20% del rendimiento neto acumulado desde enero, menos lo ya pagado en trimestres anteriores y las retenciones soportadas.
En la declaración anual de la Renta (Modelo 100), todo lo pagado vía Modelo 130 durante el año se descuenta de la cuota final del IRPF. Si has pagado de más con los anticipos, Hacienda te devuelve la diferencia. Si has pagado de menos, ingresas la diferencia al presentar la Renta (con opción de fraccionar el pago en dos plazos).
Los profesionales liberales (asesores, abogados, consultores) suelen quedar exentos del Modelo 130 si más del 70% de sus ingresos están sujetos a retención del 15%. En esos casos, son sus clientes empresariales quienes anticipan el IRPF al retener en cada factura.
¿Es mejor la estimación directa o la estimación objetiva por módulos?
En el IRPF del autónomo existen dos sistemas para calcular el rendimiento neto: la estimación directa (ingresos reales menos gastos reales) y la estimación objetiva (módulos) que aplica coeficientes fijos a parámetros del negocio (m², empleados, vehículos, consumo eléctrico, etc.).
- Estimación directa simplificada: el sistema por defecto. Permite deducir todos los gastos reales + 7% de gastos genéricos (máx 2.000€).
- Estimación directa normal: obligatoria si la facturación supera 600.000€/año. No tiene la deducción del 7%.
- Estimación objetiva (módulos): solo para actividades concretas en orden ministerial. Renunciable. Más simple pero no permite deducir gastos reales.
Esta calculadora aplica la estimación directa simplificada, que es el régimen mayoritario. Si tributas por módulos, el cálculo de tu IRPF es completamente diferente: no se basa en tus ingresos y gastos reales sino en los módulos aplicables a tu actividad.