Ficha informativa IAE 981
El IAE 981 identifica «Jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje». Esta ficha diferencia actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje de actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos y muestra las referencias que deben comprobarse antes de comunicar el alta censal.
Relación orientativa entre IAE y CNAE
IAE 981 tiene una correspondencia El IAE debe contrastarse con la actividad real y su CNAE relacionado antes del modelo 036.. Las referencias CNAE que deben comprobarse son:
- CNAE relacionado con IAE 981: Actividad CNAE a validar para Jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje
Criterio fiscal: El epígrafe IAE se elige por la actividad efectiva. La relación con CNAE es informativa y debe contrastarse en el buscador de actividades de la AEAT.
Cómo elegir el código
Elige este código si tu actividad principal consiste en actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje. Si facturas principalmente actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, revisa otra clasificación antes del alta.
Ejemplo práctico
Ejemplo: una actividad que presta actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje debe comprobar este código; si su ingreso principal procede de actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, el encuadramiento puede ser distinto.
Actividades incluidas
- Actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje
- Facturación recurrente relacionada con jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje
- Alta censal cuando el ingreso dominante procede de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje
Actividades que requieren otro código
- Actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos
- Venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal
- Servicios distintos que tienen epígrafe o CNAE específico propio
Fuentes oficiales
- BOE: Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
- AEAT: Declaración de actividades económicas en el modelo 036
- INE: CNAE-2025: estructura, notas y correspondencias oficiales
Epígrafes IAE relacionados
- IAE 686: Explotación de apartamentos privados a través de agencia o empresa
- IAE 071: Explotaciones mixtas
Gestoría para servicios profesionales
Preguntas Frecuentes
¿Qué incluye el IAE 981?
Incluye actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje, facturación recurrente relacionada con jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje, alta censal cuando el ingreso dominante procede de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje. El alcance definitivo depende de la actividad que realizas y facturas.
¿Qué actividades no encajan en el IAE 981?
No debe utilizarse como código principal para actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal, servicios distintos que tienen epígrafe o cnae específico propio. Esas actividades requieren revisar otra clasificación.
¿Cómo relaciono el IAE 981 con código CNAE?
Utiliza la correlación informativa del buscador de actividades de la AEAT y comprueba que el CNAE describe tu actividad principal; una empresa puede necesitar más de un código.
¿El IAE 981 de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje incluye actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje?
En la ficha IAE 981: Sí. La ficha revisada del IAE 981 incluye actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje, facturación recurrente relacionada con jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje, alta censal cuando el ingreso dominante procede de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje. La actividad principal debe coincidir con «Jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje» y con lo que realmente se ofrece y factura.
¿Puedo usar el IAE 981 para facturación recurrente relacionada con jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje en jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje?
En la ficha IAE 981: Puede encajar porque «Facturación recurrente relacionada con jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje» figura entre las actividades incluidas. El criterio completo es el siguiente: Elige este código si tu actividad principal consiste en actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje. Si facturas principalmente actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, revisa otra clasificación antes del alta.
¿Actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje encaja en el IAE 981 de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje?
En la ficha IAE 981: Es uno de los ejemplos contemplados para esta ficha. Ejemplo: una actividad que presta actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje debe comprobar este código; si su ingreso principal procede de actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, el encuadramiento puede ser distinto. Antes del alta, contratos y facturas deben describir una actividad coherente con el IAE 981.
¿Por qué actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos no encaja en el IAE 981 de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje?
En la ficha IAE 981: Porque el alcance revisado del IAE 981 excluye actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal, servicios distintos que tienen epígrafe o CNAE específico propio. Si esa es la actividad principal, debe comprobarse una clasificación más precisa antes de comunicar el alta.
¿Qué código debo revisar para venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal en vez del IAE 981 de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje?
En la ficha IAE 981: Esa actividad está excluida del IAE 981. Debe buscarse una clasificación cuya descripción incluya expresamente «Venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal»; no es correcto asignar otro código automáticamente sin revisar el servicio o producto facturado.
¿Qué diferencia hay entre actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje y actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos al elegir el IAE 981?
En la ficha IAE 981: «Actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje» forma parte del alcance del IAE 981; «Actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos» queda fuera. La diferencia debe reflejarse en contratos, facturas y en la descripción comunicada al dar de alta la actividad.
¿Facturación recurrente relacionada con jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje se clasifica igual que venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal en el IAE 981?
En la ficha IAE 981: No. «Facturación recurrente relacionada con jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje» aparece como ejemplo de la ficha, mientras que «Venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal» está expresamente excluido. No deberían agruparse bajo el mismo código sin revisar las actividades declaradas.
¿Puedo combinar actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje y actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos bajo el IAE 981?
En la ficha IAE 981: No conviene agruparlas automáticamente. «Actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje» está incluido, pero «Actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos» está excluido; si realizas ambas actividades puede ser necesario declarar más de un código y separar correctamente las operaciones.
¿Qué criterio decide si jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje debe usar el IAE 981?
En la ficha IAE 981: Para el IAE 981: Elige este código si tu actividad principal consiste en actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje. Si facturas principalmente actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, revisa otra clasificación antes del alta
¿Qué obligaciones debo comprobar si hago actividad principal de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje con el IAE 981 de jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje?
En la ficha IAE 981: En el IAE 981: El epígrafe IAE se elige por la actividad efectiva. La relación con CNAE es informativa y debe contrastarse en el buscador de actividades de la AEAT