IAE 226Ficha revisadaRevisada en agosto de 2026

    Epígrafe IAE 226: Técnicos en Sonido

    Respuesta directa: El IAE 226 corresponde al ejercicio profesional de técnicos en sonido que prestan personalmente servicios de captación, mezcla, operación o control de audio. No es el epígrafe de una empresa de espectáculos, un estudio de grabación organizado empresarialmente, un músico intérprete ni un negocio de alquiler de equipos.

    Epígrafe IAE revisado con fuentes oficiales. La relación CNAE es relación orientativa con cnae-2025 90.39 para apoyo escénico o 59.20 para grabación y edición musical, según el servicio principal y debe contrastarse con la actividad real.

    Ficha revisada para interpretar el IAE 226 y su encaje con la actividad real.

    Revisado con fuentes INE, BOE y AEAT

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    Paso 1 / 4

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    CNAE

    Confirmar

    IAE

    226

    Actividad consultada

    Técnicos en Sonido

    El código por sí solo no determina el IVA, las retenciones ni los modelos que debes presentar. Esas obligaciones dependen de la actividad real, la persona o entidad, el régimen y el tipo de operaciones.

    Clasificación fiscal · fuentes AEAT y BOE

    IAE 226: qué actividad comprende y cómo relacionarlo con CNAE

    El IAE 226 corresponde al ejercicio profesional de técnicos en sonido que prestan personalmente servicios de captación, mezcla, operación o control de audio. No es el epígrafe de una empresa de espectáculos, un estudio de grabación organizado empresarialmente, un músico intérprete ni un negocio de alquiler de equipos.

    Epígrafe IAE

    226

    Técnicos en Sonido

    CNAE orientativo

    90.39 · 59.20

    2 referencias a revisar

    Correspondencia

    Relación orientativa con CNAE-2025 90.39 para apoyo escénico o 59.20 para grabación y edición musical, según el servicio principal

    Correlación orientativa; validar en AEAT

    Criterio de alta

    Deben revisarse retención profesional, IVA, dietas y desplazamientos, equipos propios, cesión de derechos, clientes extranjeros, prevención y posibles relaciones laborales encubiertas. El alquiler separado de material puede exigir otra alta.

    Sí incluye

    • Operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos
    • Trabajo profesional de grabación y control técnico de audio
    • Servicios personales de sonorización prestados con conocimiento técnico

    No incluye

    • Producción y explotación empresarial de espectáculos
    • Alquiler de equipos sin servicio técnico principal
    • Interpretación musical y explotación empresarial de un estudio

    Cómo elegirlo

    Criterio de selección

    Selecciona IAE 226 cuando facturas principalmente tu trabajo técnico personal sobre el sonido. Si el negocio contrata equipos y personal para producir espectáculos, explota un estudio o alquila material sin operador, revisa las actividades empresariales correspondientes.

    Caso práctico

    Ejemplo de encuadramiento

    Un técnico que acude a una sala, opera la mesa y factura sus horas puede encajar en 226. Una sociedad que vende el paquete completo de producción, artistas, escenario y sonido asume una actividad empresarial distinta.

    Comprobación fiscal

    IAE 226: verifica tu caso antes del alta.

    Técnicos en Sonido

    Un epígrafe no permite asignar automáticamente IVA, retenciones o modelos. La respuesta correcta exige revisar cómo desarrollas realmente la actividad.

    Qué debe comprobar un asesor

    • Descripción exacta de la actividad y sección del IAE
    • Persona física, sociedad y régimen fiscal aplicable
    • Tipo de clientes, países y operaciones realizadas
    • Empleados, alquileres, retenciones y operaciones internacionales

    IAE 226 · Actividades incluidas

    ¿Qué actividades cubre el IAE 226?

    El IAE 226 corresponde al ejercicio profesional de técnicos en sonido que prestan personalmente servicios de captación, mezcla, operación o control de audio. No es el epígrafe de una empresa de espectáculos, un estudio de grabación organizado empresarialmente, un músico intérprete ni un negocio de alquiler de equipos.

    Técnico autónomo de sonido directo para conciertosProfesional que graba y mezcla audio para clientesOperador de mesa y sistemas de sonido en eventos

    Comparativa de encuadramiento

    Diferencias clave: CNAE vs IAE para esta actividad

    Es común confundir ambos términos. Esta tabla detalla la diferencia de obligaciones y organismos competentes.

    Criterio ComparativoCNAE (Seguridad Social)IAE (Hacienda)
    Código de referenciaCNAE a confirmarIAE 226
    DescripciónDebe confirmarse según la actividad económica real.Técnicos en Sonido
    Finalidad PrincipalClasifica estadísticamente la actividad económica y se utiliza en distintos registros y trámites administrativos.Clasifica fiscalmente la actividad declarada. Las obligaciones concretas dependen de la actividad y de las circunstancias del contribuyente.
    Uso en FacturaciónNo es un campo obligatorio general de la factura.No es un campo obligatorio general de la factura ni determina por sí solo el IVA o la retención.
    Organismo CompetenteInstituto Nacional de Estadística (INE); otras administraciones utilizan la clasificación.Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

    REVISIÓN DE ALTA Y GESTORÍA

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    Revisión de CNAE, IAE y obligaciones según tu actividadPlan para autónomos desde 65 €/mes más IVA (hasta 15 facturas)Asesor asignado y alcance confirmado por escrito

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    Daniel

    Daniel · Asistente CNAE/IAE

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    Asistente

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    Preguntas frecuentes

    Todo sobre el IAE 226

    Todo lo que necesitas saber. Sin letra pequeña ni sorpresas.

    Captación, operación, mezcla, grabación y control técnico de sonido prestados profesionalmente.

    Sí, es una referencia habitual cuando factura personalmente su servicio técnico.

    No necesariamente; si existe una organización empresarial debe revisarse el epígrafe del estudio y grabación.

    Puede relacionarse con 90.39 para directo o 59.20 para grabación, según el servicio principal.

    En la ficha IAE 226: Sí. La ficha revisada del IAE 226 incluye operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos, trabajo profesional de grabación y control técnico de audio, servicios personales de sonorización prestados con conocimiento técnico. La actividad principal debe coincidir con «Técnicos en Sonido» y con lo que realmente se ofrece y factura.

    En la ficha IAE 226: Puede encajar porque «Trabajo profesional de grabación y control técnico de audio» figura entre las actividades incluidas. El criterio completo es el siguiente: Selecciona IAE 226 cuando facturas principalmente tu trabajo técnico personal sobre el sonido. Si el negocio contrata equipos y personal para producir espectáculos, explota un estudio o alquila material sin operador, revisa las actividades empresariales correspondientes.
    Guía Completa

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    Guía completa sobre el Impuesto sobre Actividades Económicas: epígrafes, exenciones, Modelo 840 y alta correcta en 2026.

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