Ficha informativa IAE 226
El IAE 226 corresponde al ejercicio profesional de técnicos en sonido que prestan personalmente servicios de captación, mezcla, operación o control de audio. No es el epígrafe de una empresa de espectáculos, un estudio de grabación organizado empresarialmente, un músico intérprete ni un negocio de alquiler de equipos.
Relación orientativa entre IAE y CNAE
IAE 226 tiene una correspondencia Relación orientativa con CNAE-2025 90.39 para apoyo escénico o 59.20 para grabación y edición musical, según el servicio principal. Las referencias CNAE que deben comprobarse son:
- 90.39: Apoyo a la creación artística y artes escénicas
- 59.20: Grabación de sonido y edición musical
Criterio fiscal: Deben revisarse retención profesional, IVA, dietas y desplazamientos, equipos propios, cesión de derechos, clientes extranjeros, prevención y posibles relaciones laborales encubiertas. El alquiler separado de material puede exigir otra alta.
Cómo elegir el código
Selecciona IAE 226 cuando facturas principalmente tu trabajo técnico personal sobre el sonido. Si el negocio contrata equipos y personal para producir espectáculos, explota un estudio o alquila material sin operador, revisa las actividades empresariales correspondientes.
Ejemplo práctico
Un técnico que acude a una sala, opera la mesa y factura sus horas puede encajar en 226. Una sociedad que vende el paquete completo de producción, artistas, escenario y sonido asume una actividad empresarial distinta.
Actividades incluidas
- Operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos
- Trabajo profesional de grabación y control técnico de audio
- Servicios personales de sonorización prestados con conocimiento técnico
Actividades que requieren otro código
- Producción y explotación empresarial de espectáculos
- Alquiler de equipos sin servicio técnico principal
- Interpretación musical y explotación empresarial de un estudio
Fuentes oficiales
- BOE: Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
- AEAT: Declaración de actividades económicas en el modelo 036
- INE: CNAE-2025: estructura, notas y correspondencias oficiales
Epígrafes IAE relacionados
Gestoría para técnicos del espectáculo
Preguntas Frecuentes
¿Qué trabajos incluye el IAE 226?
Captación, operación, mezcla, grabación y control técnico de sonido prestados profesionalmente.
¿Un técnico de sonido de conciertos usa IAE 226?
Sí, es una referencia habitual cuando factura personalmente su servicio técnico.
¿Un estudio de grabación usa IAE 226?
No necesariamente; si existe una organización empresarial debe revisarse el epígrafe del estudio y grabación.
¿Qué CNAE corresponde al IAE 226?
Puede relacionarse con 90.39 para directo o 59.20 para grabación, según el servicio principal.
¿El IAE 226 de técnicos en Sonido incluye operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos?
En la ficha IAE 226: Sí. La ficha revisada del IAE 226 incluye operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos, trabajo profesional de grabación y control técnico de audio, servicios personales de sonorización prestados con conocimiento técnico. La actividad principal debe coincidir con «Técnicos en Sonido» y con lo que realmente se ofrece y factura.
¿Puedo usar el IAE 226 para trabajo profesional de grabación y control técnico de audio en técnicos en Sonido?
En la ficha IAE 226: Puede encajar porque «Trabajo profesional de grabación y control técnico de audio» figura entre las actividades incluidas. El criterio completo es el siguiente: Selecciona IAE 226 cuando facturas principalmente tu trabajo técnico personal sobre el sonido. Si el negocio contrata equipos y personal para producir espectáculos, explota un estudio o alquila material sin operador, revisa las actividades empresariales correspondientes.
¿Técnico autónomo de sonido directo para conciertos encaja en el IAE 226 de técnicos en Sonido?
En la ficha IAE 226: Es uno de los ejemplos contemplados para esta ficha. Un técnico que acude a una sala, opera la mesa y factura sus horas puede encajar en 226. Una sociedad que vende el paquete completo de producción, artistas, escenario y sonido asume una actividad empresarial distinta. Antes del alta, contratos y facturas deben describir una actividad coherente con el IAE 226.
¿Por qué producción y explotación empresarial de espectáculos no encaja en el IAE 226 de técnicos en Sonido?
En la ficha IAE 226: Porque el alcance revisado del IAE 226 excluye producción y explotación empresarial de espectáculos, alquiler de equipos sin servicio técnico principal, interpretación musical y explotación empresarial de un estudio. Si esa es la actividad principal, debe comprobarse una clasificación más precisa antes de comunicar el alta.
¿Qué código debo revisar para alquiler de equipos sin servicio técnico principal en vez del IAE 226 de técnicos en Sonido?
En la ficha IAE 226: Esa actividad está excluida del IAE 226. Debe buscarse una clasificación cuya descripción incluya expresamente «Alquiler de equipos sin servicio técnico principal»; no es correcto asignar otro código automáticamente sin revisar el servicio o producto facturado.
¿Qué diferencia hay entre operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos y producción y explotación empresarial de espectáculos al elegir el IAE 226?
En la ficha IAE 226: «Operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos» forma parte del alcance del IAE 226; «Producción y explotación empresarial de espectáculos» queda fuera. La diferencia debe reflejarse en contratos, facturas y en la descripción comunicada al dar de alta la actividad.
¿Profesional que graba y mezcla audio para clientes se clasifica igual que alquiler de equipos sin servicio técnico principal en el IAE 226?
En la ficha IAE 226: No. «Profesional que graba y mezcla audio para clientes» aparece como ejemplo de la ficha, mientras que «Alquiler de equipos sin servicio técnico principal» está expresamente excluido. No deberían agruparse bajo el mismo código sin revisar las actividades declaradas.
¿Puedo combinar operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos y producción y explotación empresarial de espectáculos bajo el IAE 226?
En la ficha IAE 226: No conviene agruparlas automáticamente. «Operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos» está incluido, pero «Producción y explotación empresarial de espectáculos» está excluido; si realizas ambas actividades puede ser necesario declarar más de un código y separar correctamente las operaciones.
¿Qué criterio decide si técnicos en Sonido debe usar el IAE 226?
En la ficha IAE 226: Para el IAE 226: Selecciona IAE 226 cuando facturas principalmente tu trabajo técnico personal sobre el sonido. Si el negocio contrata equipos y personal para producir espectáculos, explota un estudio o alquila material sin operador, revisa las actividades empresariales correspondientes
¿Qué obligaciones debo comprobar si hago operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos con el IAE 226 de técnicos en Sonido?
En la ficha IAE 226: En el IAE 226: Deben revisarse retención profesional, IVA, dietas y desplazamientos, equipos propios, cesión de derechos, clientes extranjeros, prevención y posibles relaciones laborales encubiertas. El alquiler separado de material puede exigir otra alta