Epígrafe IAE 226: Técnicos en Sonido
Respuesta directa: El IAE 226 corresponde al ejercicio profesional de técnicos en sonido que prestan personalmente servicios de captación, mezcla, operación o control de audio. No es el epígrafe de una empresa de espectáculos, un estudio de grabación organizado empresarialmente, un músico intérprete ni un negocio de alquiler de equipos.
Epígrafe IAE revisado con fuentes oficiales. La relación CNAE es relación orientativa con cnae-2025 90.39 para apoyo escénico o 59.20 para grabación y edición musical, según el servicio principal y debe contrastarse con la actividad real.
Ficha revisada para interpretar el IAE 226 y su encaje con la actividad real.
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CNAE
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IAE
226
Actividad consultada
Técnicos en Sonido
El código por sí solo no determina el IVA, las retenciones ni los modelos que debes presentar. Esas obligaciones dependen de la actividad real, la persona o entidad, el régimen y el tipo de operaciones.
Clasificación fiscal · fuentes AEAT y BOE
IAE 226: qué actividad comprende y cómo relacionarlo con CNAE
El IAE 226 corresponde al ejercicio profesional de técnicos en sonido que prestan personalmente servicios de captación, mezcla, operación o control de audio. No es el epígrafe de una empresa de espectáculos, un estudio de grabación organizado empresarialmente, un músico intérprete ni un negocio de alquiler de equipos.
Epígrafe IAE
226
Técnicos en Sonido
CNAE orientativo
90.39 · 59.20
2 referencias a revisar
Correspondencia
Relación orientativa con CNAE-2025 90.39 para apoyo escénico o 59.20 para grabación y edición musical, según el servicio principal
Correlación orientativa; validar en AEAT
Criterio de alta
Deben revisarse retención profesional, IVA, dietas y desplazamientos, equipos propios, cesión de derechos, clientes extranjeros, prevención y posibles relaciones laborales encubiertas. El alquiler separado de material puede exigir otra alta.
Referencias CNAE para comprobar
Sí incluye
- Operación y mezcla de sonido en actuaciones o eventos
- Trabajo profesional de grabación y control técnico de audio
- Servicios personales de sonorización prestados con conocimiento técnico
No incluye
- —Producción y explotación empresarial de espectáculos
- —Alquiler de equipos sin servicio técnico principal
- —Interpretación musical y explotación empresarial de un estudio
Cómo elegirlo
Criterio de selección
Selecciona IAE 226 cuando facturas principalmente tu trabajo técnico personal sobre el sonido. Si el negocio contrata equipos y personal para producir espectáculos, explota un estudio o alquila material sin operador, revisa las actividades empresariales correspondientes.
Caso práctico
Ejemplo de encuadramiento
Un técnico que acude a una sala, opera la mesa y factura sus horas puede encajar en 226. Una sociedad que vende el paquete completo de producción, artistas, escenario y sonido asume una actividad empresarial distinta.
Comprobación fiscal
IAE 226: verifica tu caso antes del alta.
Técnicos en Sonido
Un epígrafe no permite asignar automáticamente IVA, retenciones o modelos. La respuesta correcta exige revisar cómo desarrollas realmente la actividad.
Qué debe comprobar un asesor
- Descripción exacta de la actividad y sección del IAE
- Persona física, sociedad y régimen fiscal aplicable
- Tipo de clientes, países y operaciones realizadas
- Empleados, alquileres, retenciones y operaciones internacionales
IAE 226 · Actividades incluidas
¿Qué actividades cubre el IAE 226?
El IAE 226 corresponde al ejercicio profesional de técnicos en sonido que prestan personalmente servicios de captación, mezcla, operación o control de audio. No es el epígrafe de una empresa de espectáculos, un estudio de grabación organizado empresarialmente, un músico intérprete ni un negocio de alquiler de equipos.
Comparativa de encuadramiento
Diferencias clave: CNAE vs IAE para esta actividad
Es común confundir ambos términos. Esta tabla detalla la diferencia de obligaciones y organismos competentes.
| Criterio Comparativo | CNAE (Seguridad Social) | IAE (Hacienda) |
|---|---|---|
| Código de referencia | CNAE a confirmar | IAE 226 |
| Descripción | Debe confirmarse según la actividad económica real. | Técnicos en Sonido |
| Finalidad Principal | Clasifica estadísticamente la actividad económica y se utiliza en distintos registros y trámites administrativos. | Clasifica fiscalmente la actividad declarada. Las obligaciones concretas dependen de la actividad y de las circunstancias del contribuyente. |
| Uso en Facturación | No es un campo obligatorio general de la factura. | No es un campo obligatorio general de la factura ni determina por sí solo el IVA o la retención. |
| Organismo Competente | Instituto Nacional de Estadística (INE); otras administraciones utilizan la clasificación. | Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). |
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