PUNTO DE ATENCIÓN CERTIFICADO Y COLABORADOR SOCIAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA (AEAT)
Plan General Contable · 2026
Cuenta 430: Clientes
Grupo: Grupo 4 - Acreedores y Deudores por operaciones comerciales
|Naturaleza: Deudora (aumenta por el Debe, disminuye por el Haber)
¿Qué es y qué representa la cuenta 430?
Refleja los derechos de cobro a favor de la empresa frente a los compradores de mercaderías, productos terminados o servicios prestados que forman parte de la actividad principal del negocio, cuando la venta no se ha cobrado al contado.
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¿Cuándo se anota en el Debe?
Se carga (se anota en el Debe) por el importe total de las facturas emitidas a los clientes tras las ventas o prestaciones de servicios a crédito.
¿Cuándo se anota en el Haber?
Se abona (se anota en el Haber) al recibir los cobros totales o parciales de los clientes, o por la devolución de ventas realizadas.
Ejemplo práctico de asiento contable
Venta de servicios a crédito por 2.000 € más 21% de IVA (420 €): se carga en el Debe de Clientes (430) por 2.420 €, y se abonan en el Haber Ventas de Servicios (705) por 2.000 € e IVA Repercutido (477) por 420 €.
Preguntas Frecuentes
Dudas comunes sobre la Cuenta 430
Clientes (430) recoge los derechos de cobro procedentes de la venta de bienes o servicios de la actividad principal del negocio. Deudores (440) se utiliza para derechos de cobro por operaciones secundarias u ocasionales (como el alquiler de un local de nuestra propiedad o la venta de un activo que no es nuestro negocio principal).
Si transcurren más de 6 meses desde el vencimiento de la deuda sin recibir el pago, la contabilidad permite clasificar la deuda como 'Clientes de dudoso cobro' (cuenta 436) y dotar una provisión por deterioro de valor (gasto de la cuenta 694) para deducir fiscalmente la pérdida.
Para recuperar el IVA repercutido de una factura impagada ante la AEAT, se deben cumplir requisitos estrictos: que transcurran 6 meses (para pymes) o 1 año (para grandes empresas) desde el devengo, haber reclamado judicialmente o mediante requerimiento notarial el cobro, y emitir una factura rectificativa anulando la cuota de IVA en un plazo determinado para comunicarlo a Hacienda.
Otras cuentas comunes del Plan General Contable (PGC):
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