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    PUNTO DE ATENCIÓN CERTIFICADO Y COLABORADOR SOCIAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA (AEAT)

    Plan General Contable · 2026

    Cuenta 410: Acreedores por Prestaciones de Servicios

    Grupo: Grupo 4 - Acreedores y Deudores por operaciones comerciales

    Naturaleza: Acreedora (aumenta por el Haber, disminuye por el Debe)

    ¿Qué es y qué representa la cuenta 410?

    Recoge las obligaciones de pago de la empresa con suministradores de servicios generales (luz, agua, internet, alquiler de oficina, asesoría fiscal, seguros) que no tienen la condición estricta de proveedores de inventario físico.

    Normativa oficial PGC 2026Subgrupo de Contabilidad
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    Cargo / Debe

    ¿Cuándo se anota en el Debe?

    Se carga (se anota en el Debe) al pagar la deuda con abono a cuentas de tesorería (570, 572) o por la formalización de la deuda en efectos comerciales.

    Abono / Haber

    ¿Cuándo se anota en el Haber?

    Se abona (se anota en el Haber) al recibir las facturas correspondientes a las prestaciones de servicios recibidas a crédito, con cargo a cuentas del grupo 62.

    Ejemplo práctico de asiento contable

    Recepción de la factura mensual del asesor de Billeo de 150 € más 21% de IVA (31,50 €) a pagar en 30 días: se cargan 150 € en Servicios de Profesionales (623), 31,50 € en IVA Soportado (472) y se abonan 181,50 € en Acreedores por Prestaciones de Servicios (410).

    Preguntas Frecuentes

    Dudas comunes sobre la Cuenta 410

    La cuenta (400) se reserva estrictamente para compras de materias primas o productos que van directos a la cadena de producción o venta (inventario). La cuenta (410) se utiliza para facturas de gastos operativos y suministros necesarios para el funcionamiento del negocio (luz, gestor, seguros, alquileres).

    Sí, cuando el acreedor es un profesional autónomo (como un abogado o asesor) de España, está obligado a aplicar retención de IRPF (generalmente 15% o 7% para nuevos autónomos) en su factura. Esta retención minora el importe a pagar al acreedor y se ingresa a Hacienda en el Modelo 111.

    Si el gasto se paga al contado o con tarjeta bancaria de forma inmediata, se puede contabilizar el gasto (grupo 62) directamente contra Bancos (572) sin pasar por la cuenta de acreedores (410). No obstante, para mantener un registro ordenado y poder realizar el Modelo 347, es aconsejable pasar todas las facturas por la 410.

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