¿Qué es el modelo 130?
El modelo 130 es el pago fraccionado de IRPF para autónomos en estimación directa. Cada trimestre adelantas a Hacienda el 20% del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero. Lo que pagas se descuenta después en la Renta del año siguiente (modelo 100).
¿Quién está obligado?
Empresarios en estimación directa (tiendas, e-commerce, hostelería, transporte) y profesionales con menos del 70% de su facturación con retención IRPF del 15%. Los autónomos en módulos presentan el modelo 131; las sociedades, el modelo 202.
Plazos 2026
- 1T 2026: del 1 al 20 de abril
- 2T 2026: del 1 al 20 de julio
- 3T 2026: del 1 al 20 de octubre
- 4T 2026: del 1 al 30 de enero de 2027
Cómo se calcula
La fórmula del 20%
(Ingresos íntegros − Gastos deducibles) × 20% − pagos fraccionados anteriores − deducciones aplicables.
Ingresos y gastos
Ingresos: bases imponibles de facturas emitidas (sin IVA), subvenciones, indemnizaciones afectas. Gastos deducibles: cuota RETA, alquiler, suministros prorrateados, software, asesoría, publicidad, formación, amortizaciones.
Cómo rellenar paso a paso
- Identificación: NIF, ejercicio y trimestre.
- Casillas 01-03: ingresos, gastos y rendimiento neto acumulado.
- Casilla 02: detalle de gastos deducibles afectos.
- Casilla 04: aplicación del 20% sobre el rendimiento.
- Casillas 05-08: deducciones y pagos fraccionados anteriores.
- Presentación telemática y pago vía domiciliación o NRC.
¿Resultado negativo?
Si los gastos superan a los ingresos, el modelo sale negativo y se compensa con futuros pagos. Hay que presentarlo igualmente; no hacerlo conlleva sanción de 100 €.
Modelo 130 vs Modelo 131
El 130 es estimación directa (20% sobre ingresos − gastos reales). El 131 es estimación objetiva (módulos, tabla por unidades). El cambio entre regímenes se hace en diciembre vía modelo 036.
Errores frecuentes
- Calcular sobre el trimestre aislado, no sobre el acumulado.
- Olvidar la casilla 08 (pagos anteriores) y duplicar pagos.
- No deducir la cuota RETA.
- Aplicar la reducción del 20% por inicio de actividad (solo va en la Renta).
- Presentar después del día 20 (recargo del 1% por mes).
La Renta del año siguiente
Lo pagado vía modelo 130 es a cuenta. En la Renta de abril-junio del año siguiente se hace la liquidación definitiva: si pagaste de más, te devuelven; si pagaste de menos, abonas la diferencia fraccionable en dos plazos.