CNAE 0812: Extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín y alta en 2026

Consulta qué incluye el CNAE 0812 (Extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín), qué actividades quedan fuera y qué epígrafe IAE debes comprobar antes del alta.

Ficha informativa CNAE 0812

El CNAE 0812 identifica «Extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín». Esta ficha diferencia actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín de actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos y muestra las referencias que deben comprobarse antes de comunicar el alta censal.

Correspondencia CNAE-2009 a CNAE-2025

CNAE 0812 tiene una correspondencia El CNAE debe contrastarse con la correspondencia oficial CNAE-2025 y el alta en modelo 036.. Las referencias CNAE-2025 relacionadas son:

  • 08.12: Extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín

Criterio fiscal: El CNAE no determina por sí solo el epígrafe IAE ni las obligaciones fiscales. Debe contrastarse la actividad facturada en el buscador de actividades de la AEAT.

Cómo elegir el código

Elige este código si tu actividad principal consiste en actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín. Si facturas principalmente actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, revisa otra clasificación antes del alta.

Ejemplo práctico

Ejemplo: una actividad que presta actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín debe comprobar este código; si su ingreso principal procede de actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, el encuadramiento puede ser distinto.

Actividades incluidas

  • Actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín
  • Facturación recurrente relacionada con extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín
  • Alta censal cuando el ingreso dominante procede de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín

Actividades que requieren otro código

  • Actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos
  • Venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal
  • Servicios distintos que tienen epígrafe o CNAE específico propio

Fuentes oficiales

Códigos CNAE relacionados

Gestoría para servicios profesionales

Preguntas Frecuentes

¿Qué incluye el CNAE 0812?

Incluye actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín, facturación recurrente relacionada con extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín, alta censal cuando el ingreso dominante procede de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín. El alcance definitivo depende de la actividad que realizas y facturas.

¿Qué actividades no encajan en el CNAE 0812?

No debe utilizarse como código principal para actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal, servicios distintos que tienen epígrafe o cnae específico propio. Esas actividades requieren revisar otra clasificación.

¿Cómo relaciono el CNAE 0812 con epígrafe IAE?

Consulta la correspondencia CNAE-2025 del INE y valida después el epígrafe fiscal en el buscador de actividades de la AEAT; no existe una conversión automática válida para todos los casos.

¿El CNAE 0812 de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín incluye actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín?

En la ficha CNAE 0812: Sí. La ficha revisada del CNAE 0812 incluye actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín, facturación recurrente relacionada con extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín, alta censal cuando el ingreso dominante procede de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín. La actividad principal debe coincidir con «Extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín» y con lo que realmente se ofrece y factura.

¿Puedo usar el CNAE 0812 para facturación recurrente relacionada con extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín en extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín?

En la ficha CNAE 0812: Puede encajar porque «Facturación recurrente relacionada con extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín» figura entre las actividades incluidas. El criterio completo es el siguiente: Elige este código si tu actividad principal consiste en actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín. Si facturas principalmente actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, revisa otra clasificación antes del alta.

¿Actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín encaja en el CNAE 0812 de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín?

En la ficha CNAE 0812: Es uno de los ejemplos contemplados para esta ficha. Ejemplo: una actividad que presta actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín debe comprobar este código; si su ingreso principal procede de actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, el encuadramiento puede ser distinto. Antes del alta, contratos y facturas deben describir una actividad coherente con el CNAE 0812.

¿Por qué actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos no encaja en el CNAE 0812 de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín?

En la ficha CNAE 0812: Porque el alcance revisado del CNAE 0812 excluye actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal, servicios distintos que tienen epígrafe o CNAE específico propio. Si esa es la actividad principal, debe comprobarse una clasificación más precisa antes de comunicar el alta.

¿Qué código debo revisar para venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal en vez del CNAE 0812 de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín?

En la ficha CNAE 0812: Esa actividad está excluida del CNAE 0812. Debe buscarse una clasificación cuya descripción incluya expresamente «Venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal»; no es correcto asignar otro código automáticamente sin revisar el servicio o producto facturado.

¿Qué diferencia hay entre actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín y actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos al elegir el CNAE 0812?

En la ficha CNAE 0812: «Actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín» forma parte del alcance del CNAE 0812; «Actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos» queda fuera. La diferencia debe reflejarse en contratos, facturas y en la descripción comunicada al dar de alta la actividad.

¿Facturación recurrente relacionada con extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín se clasifica igual que venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal en el CNAE 0812?

En la ficha CNAE 0812: No. «Facturación recurrente relacionada con extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín» aparece como ejemplo de la ficha, mientras que «Venta o intermediación cuando no coincide con la actividad principal» está expresamente excluido. No deberían agruparse bajo el mismo código sin revisar las actividades declaradas.

¿Puedo combinar actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín y actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos bajo el CNAE 0812?

En la ficha CNAE 0812: No conviene agruparlas automáticamente. «Actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín» está incluido, pero «Actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos» está excluido; si realizas ambas actividades puede ser necesario declarar más de un código y separar correctamente las operaciones.

¿Qué criterio decide si extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín debe usar el CNAE 0812?

En la ficha CNAE 0812: Para el CNAE 0812: Elige este código si tu actividad principal consiste en actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín. Si facturas principalmente actividad accesoria que no genera la mayor parte de los ingresos, revisa otra clasificación antes del alta

¿Qué obligaciones debo comprobar si hago actividad principal de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín con el CNAE 0812 de extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín?

En la ficha CNAE 0812: En el CNAE 0812: El CNAE no determina por sí solo el epígrafe IAE ni las obligaciones fiscales. Debe contrastarse la actividad facturada en el buscador de actividades de la AEAT