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    Daniel

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    Asesor Fiscal en Billeo

    Daniel, asesor de Billeo

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    Sugerencias

    📑 Guia fiscal — Septiembre 2026

    Retencion del 15% para autonomos profesionales

    La retencion del 15% es el mecanismo por el que tus clientes empresariales adelantan parte de tu IRPF. Saber cuando aplica, como indicarla en factura y que ocurre si no se retiene te evita sorpresas.

    Respuesta rapida

    Los autonomos que ejercen actividades profesionales (consultores, diseñadores, abogados, arquitectos, traductores…) deben incluir una retencion del 15% de IRPFen sus facturas cuando el cliente es empresa o autonomo. Los nuevos autonomos aplican un 7% durante el primer año y los dos siguientes. Esta retencion es un pago a cuenta del IRPF anual, no un impuesto adicional.

    15%
    Tipo general retencion profesional
    7%
    Tipo reducido nuevos autonomos (3 años)
    Mod. 111
    El pagador ingresa las retenciones
    Mod. 190
    Resumen anual de retenciones

    ¿Quien esta obligado a aplicar el 15%?

    La obligacion de retener el 15% de IRPF en facturas de autonomos aplica cuando confluyen dos condiciones:

    💼

    El autonomo ejerce actividad profesional

    • ✓Epigrafes del IAE seccion 2ª
    • ✓Servicios intelectuales o de direccion
    • ✓Ejemplo: 7501 (publicidad), 7691 (informatica), 7721 (juridicos)
    • ✓Consultoría, diseño, marketing, formacion
    🏢

    El cliente tiene actividad economica

    • ✓Empresas (SA, SL, cooperativas…)
    • ✓Otros autonomos en el ejercicio de su actividad
    • ✓Entidades publicas
    • ✓NO aplica: clientes particulares sin actividad

    Actividades con retencion vs sin retencion

    ActividadSeccion IAE¿Retencion?Tipo
    Consultor de marketing2ª — profesionalSi15%
    Diseñador grafico freelance2ª — profesionalSi15%
    Abogado independiente2ª — profesionalSi15%
    Fotografo autonomo2ª — profesionalSi15%
    Fontanero autonomo1ª — empresarialNo*—
    Tienda online (ecommerce)1ª — empresarialNo—
    Hosteleria / restaurante1ª — empresarialNo—
    Autonomo nuevo (1er año)2ª — profesionalSi7%

    * Los autonomos de actividades empresariales tampoco presentan mod. 130; tributan via pagos fraccionados si tienen clientes particulares.

    Como indicar la retencion en la factura

    La factura de un autonomo profesional con retencion debe mostrar claramente el desglose. Ejemplo para una factura de 1.000 EUR:

    Base imponible1.000,00 €
    IVA 21%+ 210,00 €
    Retencion IRPF 15%− 150,00 €
    TOTAL A COBRAR1.060,00 €

    El cliente te paga 1.060 EUR, retiene 150 EUR e ingresa esos 150 EUR a Hacienda trimestralmente via modelo 111. En la declaracion de IRPF anual, esos 150 EUR se restan de tu cuota.

    El tipo reducido del 7%: como y cuando aplicarlo

    Requisitos para el 7%

    • • Año de inicio de actividad profesional y los dos años siguientes
    • • No haber ejercido actividad profesional alguna en los dos años previos al alta
    • • Comunicarlo al pagador mediante declaracion escrita
    • • El pagador debe conservar esa comunicacion

    Para aplicar el 7%, el autonomo debe entregar al pagador una declaracion firmada que incluya: nombre, NIF, domicilio, y la manifestacion de que cumple los requisitos para el tipo reducido. No existe un modelo oficial; basta con un escrito simple.

    Ojo con el cambio al 15%: al inicio del cuarto año de actividad, el tipo pasa automaticamente al 15%. Debes avisar a tus clientes con tiempo suficiente para que actualicen su sistema de facturacion.

    ¿Que modelo presenta el pagador?

    Tu cliente (empresa o autonomo que te retiene) tiene las siguientes obligaciones:

    Modelo 111Trimestral (hasta el 20 del mes siguiente al trimestre)

    Ingreso de las retenciones practicadas ese trimestre. Enero–marzo → 20 abril; Abril–junio → 20 julio; Julio–septiembre → 20 octubre; Octubre–diciembre → 20 enero.

    Modelo 190Anual (hasta el 31 de enero del año siguiente)

    Resumen anual de todas las retenciones e ingresos a cuenta del año. Incluye NIF de los autonomos a quienes se ha retenido y el importe. Este modelo genera el dato que aparece en tu borrador del IRPF.

    Preguntas frecuentes

    Gestiona tus retenciones sin preocuparte

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    Conocer plan autonomos →

    Revisado por el equipo fiscal de Billeo — septiembre 2026