PUNTO DE ATENCIÓN CERTIFICADO Y COLABORADOR SOCIAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA (AEAT)

    Autónomos · 2026

    Facturar sin estar dado de alta:
    riesgos y sanciones 2026

    ¿Puedes emitir facturas sin darte de alta como autónomo? Descubre las sanciones de Hacienda y la Seguridad Social, cuándo hay margen y cómo regularizar tu situación.

    Por Carlos GaheteAbril 20267 min de lectura

    Riesgo Alta

    Sanciones · Riesgo

    Sanción Hacienda (art. 198)

    200 € mínimo

    Sanción SS (art. 23 LISOS)

    300-3.000 €

    Cuotas retroactivas SS

    Desde inicio actividad

    Gestoría Billeo Urgente

    ¿Qué pasa si facturo sin darme de alta como autónomo?

    Facturar sin estar dado de alta en Hacienda (Modelo 036) y en la Seguridad Social (RETA) es una infracción doble: tributaria y laboral. Hacienda puede iniciar un procedimiento de comprobación si detecta cobros en tu cuenta sin declaración censal activa. La Seguridad Social, por su parte, puede exigirte el pago retroactivo de cuotas desde el momento en que detecta el inicio de la actividad.

    InfracciónOrganismoSanción económica
    Alta censal tardía (AEAT)Agencia Tributaria200 € (art. 198 LGT)
    Alta RETA tardíaSeguridad Social300-3.000 € + cuotas
    Facturar sin CIF activoAEAT (inspección)50-150% cuota defraudada
    No presentar modelos trimestralesAEAT200 € por modelo

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