PUNTO DE ATENCIÓN CERTIFICADO Y COLABORADOR SOCIAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA (AEAT)

    AEAT · Verifactu · Normativa

    Normativa AEAT
    Facturación

    Verifactu obliga a tu software a reportar cada factura a la AEAT en tiempo real. Esta es la normativa que cambia la facturación para siempre en España.

    VerifactuAEAT 2026RD 1007/2023Software HomologadoFACe

    ¿Qué exige la AEAT? (RD 1007/2023)

    Datos enviados por facturaHash + registro completo
    Frecuencia de envíoTiempo real o periódica
    Software de doble usoProhibido - sanción
    Sanción por incumplimiento1.000-50.000€
    Grandes empresasObligatorio 2025
    Pymes y autónomosPendiente plazo AEAT

    Respuesta rápida

    Verifactu (RD 1007/2023) obliga a que el software de facturación envíe automáticamente los registros de cada factura a la AEAT, con un código de verificación único que hace imposible la manipulación. Las grandes empresas ya deben tener el software adaptado en 2025. Las pymes y autónomos en el plazo posterior que la AEAT determine. No cumplirlo puede suponer sanciones de hasta 50.000€.

    La normativa AEAT en tres obligaciones

    1Verifactu (RD 1007/2023): el software de facturación debe registrar cada factura con un hash encadenado para garantizar su integridad y enviar los datos a la AEAT. Afecta al software, no directamente al autónomo, pero si tu programa no cumple, debes cambiarlo.
    2Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece, Ley 18/2022): las empresas deben emitir y recibir facturas en formato electrónico estandarizado en transacciones entre empresas. Las grandes empresas ya están obligadas; pymes y autónomos cuando se apruebe el Reglamento de desarrollo.
    3Factura electrónica B2G (FACe): ya es obligatorio para todos los proveedores de la Administración Pública. Las facturas se envían a través de FACe en formato Facturae con firma electrónica. Sin FACe, la Administración no puede tramitar el pago.
    4Conservación digital: las facturas electrónicas deben conservarse garantizando su integridad e inalterabilidad durante el período de prescripción (4 años Hacienda, 6 años SS). El PDF sin firma no cumple estos requisitos.

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